Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 17660
Notificación del acuerdo de iniciación del expediente sancionador número 31/2014-1603 por infracción de la normativa en materia de pesca
Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de iniciación de los expedientes sancionadores y la apertura de los plazos de alegaciones y pruebas por presunta infracción de la normativa de pesca, Ley 6/2013, de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, se notifican, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a las personas interesadas que se detallan en el anexo adjunto, todo haciendo constar:
1º.- Las personas denunciadas disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formulen sus alegaciones y aporten o propongan las pruebas que les justifiquen delante de este Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Cooperación Municipal (avda. España, 49, 3ª planta, de la ciudad de Eivissa).
2ª.- Durante el transcurso la tramitación de los expedientes sancionadores, las persones interesadas podrán examinarlos y conocer la identidad de la instructora y de la secretaria, al efecto de recusación que contiene el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Eivissa, 7 d’octubre de 2014
La Secretaria Tècnica de l’Àrea d’Economia, Benestar Social i Agricultura
Gema Marí Planells
ANEXO
Núm. de expediente: 31/2014-1603
Presunto infractor: (datos personales ocultos)
Fecha de la resolución de iniciación: 5 de septiembre de 2014
Preceptos infringidos: Infracción del articulo 119b de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de novviembre de 2013), en relación con el artículo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en aguas interiores del Archipiélago Balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002), consistente en realizar la pesca sin licencia administrativa de pesca
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Eivissa