Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 17615
Constitución bolsa de archivero
Antoni Servera Servera , alcalde presidente del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante la resolución de la Alcaldía núm. 1276/2014, de 8 de octubre, lo siguiente:
Vista la resolución de la Alcaldía n. 1019/2014, de 12 de agosto, por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de TÉCNICO DE GRADO MEDIO EN ARCHIVÍSTICA, como funcionarios interinos, del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares) , para la cobertura de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del servicio, tales como necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, vacaciones, maternidad, lactancia, publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 110, de 16 de agosto de 2014.
Dado la propuesta del órgano de selección realizada en el acta del proceso selectivo de día 25 de septiembre de 2014.
Dado que, en plazo, la única sol • licitud de revisión (acta del día 29 de septiembre de 2014) con respecto a la fase de valoración de los méritos, no ha variado la propuesta realizada por el órgano de selección en la acta de día 25 de septiembre de 2014.
Asimismo, dada la base Novena.2, párrafo segundo, de las bases reseñadas, que establece que, para poder formar parte de la bolsa de trabajo, las personas aspirantes deberán obtener una puntuación final mínima de 5 puntos (resultante de la suma de la fase de valoración méritos y de la fase del caso práctico).
De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales
RESUELVO:
Primero.- Constituir la bolsa de trabajo de TÉCNICO / A DE GRADO MEDIO EN ARCHIVÍSTICA del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears), por orden de prelación y para la cobertura de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del servicio, como necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, vacaciones, la cual tendrá una vigencia de tres años de acuerdo con las bases de la convocatoria, y resto como sigue a continuación:
|
Orden de prelación |
|
---|---|---|
Núm. |
DNI |
CONCURSO |
1 |
37339796D |
10,99 |
2 |
43147804B |
9,6 |
3 |
43114944H |
8 |
4 |
41520320F |
7,932 |
5 |
43125336Z |
7,83 |
6 |
43127044C |
7,676 |
7 |
43121332N |
6,8 |
8 |
43095041X |
6,795 |
9 |
41740834C |
6,455 |
10 |
18227845T |
5,503 |
11 |
43102580M |
5,4 |
Segundo.- Excluir, de acuerdo a la base Novena.2, de las bases reseñadas, de la bolsa de trabajo, las personas aspirantes que no han alcanzado una puntuación final mínima de 5 puntos, las cuales son las siguientes:
DNI |
CONCURSO |
---|---|
43134434G |
4,88 |
41521124Y |
4,5 |
47718449G |
4,4 |
41519441W |
4,3 |
43137194G |
4 |
43143082G |
4 |
43173116T |
3,88 |
07962553E |
3,36 |
73776848R |
3,24 |
37338104L |
2,99 |
37342871W |
2,78 |
20844971W |
2,78 |
43122806Z |
2,6375 |
41524985A |
2,6 |
41523866B |
2,125 |
78216643Z |
1,98 |
43118724A |
1,95 |
41520474T |
1,9 |
37335108J |
1,8 |
37338075J |
1,63 |
43126207B |
1,5 |
43144403Z |
1,5 |
41518370N |
1,5 |
43089660B |
1,488 |
72440116Y |
1,37 |
43097006C |
1,24 |
43132569W |
1,23 |
48328509N |
1,1 |
37340456T |
1 |
41538903Y |
1 |
37340597M |
1 |
43124169C |
1 |
43198942C |
1 |
43135026K |
1 |
43127227L |
0,6 |
42961836K |
0 |
Tercero.- Publicar la presente, mediante edicto, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y, en el tablón municipal de anuncios y en la página web municipal, con el objeto de dar conocimiento público.
Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
(a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.
(b) El recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son Servera, 8 de octubre de 2014
El Alcalde Presidente
Antoni Servera Servera