Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 7 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16587
Ejecución hipotecaria 598/2014 E
Eugenio Tojo Vázquez, secretario del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Palma.
Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Ejecución Hipotecaria 598/14 E instada por Unión de Créditos Inmobiliarios,
S.A., Establecimiento Financiero de Crédito contra D. Sergio-Augusto Montorfano y Dª Silvia-Susana Lapota, en reclamación de 110.043’87 € de principal, ha recaído la resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente, en la parte que interesa:
“AUTO.
En Palma, a 10 de julio de 2014.
Vistos por mi, Maria del Rosario Puig López, Magistrada del Juzgado de 1ª Instancia 7 de esta ciudad, los autos arriba identificados, ahora, teniendo en cuenta los siguientes.
RESUELVO: Registrar la demanda en el libro general de asuntos de este Juzgado, y, en su virtud, se tiene por ejecutante a la prestamista Créditos Inmobiliarios, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito …… se admite a trámite la demanda … despachándose ejecución exclusivamente, al menos por ahora, contra el derecho de propiedad que, en pleno e íntegro dominio y por mitades indivisas, pertenece a los demandados D. Sergio-Augusto Montorfano, con N.I.E. X-3754094-B, y Dª Silvia-Susana Lapota, con N.I.E. X-4748430-B, sobre el inmueble descrito en el hecho único de esta resolución (vivienda sita en la calle Fray Antonio Llinás, nº 2, 5º-1ª de Palma, finca registral nº 3.842); requiérase a los mismos … para que en el acto satisfagan 110.043’87€ (cantidad resultante de descontar al principal inicial los intereses de demora) que la ejecutante manifiesta aún le son adeudados como principal por la liquidación anticipada del préstamo, adverada por notario, con advertencia de que transcurridos 30 días desde el requerimiento sin que se produzca el pago iniciará la ejecutoria por la mera solicitud de subasta del derecho hipotecado, que formule la ejecutante…
Así lo acuerdo, mando y firmo, en el lugar y día inicialmente indicados.”. Sigue la firma.
Y ante el ignorado paradero de los ejecutados D. Sergio-Augusto Montorfano y Dª Silvia-Susana Laporta, para que les sirva de notificación de la resolución que se inserta, a los efectos previstos en el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, expido el presente que firmo en Palma, a 10 de Septiembre de 2014.