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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 17499
Notificación propuesta de resolución de 23/6/14 del exp. sanc. por infracción urbanística 83/03

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Texto

Puesto que no ha podido ser notificado en el domicilio que aparece en el expediente sancionador por infracción urbanística (exp. núm. 83/03) que se tramita en el Área de Licencias de Obra de este Ayuntamiento en relación a la realización de obras sin la preceptiva licencia en la parcela 769 del polígono 4, por el presente anuncio se notifica a la Sra. Petra Campomar Plomer la propuesta de resolució del instructor día 23 de junio de 2014, de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

“En fecha de hoy, el instructor del expediente ha dictado la siguiente Propuesta de Resolución:     

Examinadas las actuaciones que hay en el expediente sancionador por infracción urbanística que se sigue contra la Sra. Petra Campomar Plomer por la realización de actos de edificación y uso del suelo constitutivos de una infracción urbanística, de conformidad con lo que disponen el Título III de la Ley 10/1990, de disciplina urbanística y los art. 13 y 14 del Decreto 14/1994 por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la comunidad autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Vista la resolución de Alcaldía del día 23 de juny de 2014 en la que se inició un expediente sancionador a la Sra. Petra Campomar Plomer como presunta responsable de la infracción urbanística cometida en la parcela 769 del polígono 4 consistente en la construcción de un edificio de nueva planta; y visto el nombramiento de instructor y secretario del expediente.

Considerando que la mencionada resolución ha sido notificada de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sin que se haya presentado escrito alguno en el plazo de 15 días concedido al efecto.

Considerando que las obras realizadas ha consistido en la construcción de un edificio de nueva planta destinado a vivienda, de 67 m2 construidos y 19 m2 de porche en planta baja, y de 33 m2 construidos en planta piso, edificio construido en un 48% del total, obras valoradas en la cantidad de 27.259’49 euros.

Considerando que las obras realizadas son constitutivas de una infracción urbanística del artículo 27.1 b) de la Ley 10/1990, de disciplina urbanística, y que, de acuerdo con lo que recoge el art. 28.2 del citado texto legal, tienen la calificación de graves, y están tipificadas en el art. 45 de la Ley 10/90, de disciplina urbanística, en base al cual la sanción a imponer es del 50 al 100 por ciento del valor de las obras realizadas.

Vistos, además de los citados, los artículos de general aplicación.

El instructor que suscribe propone:

Imponer a la Sra. Petra Campomar Plomer una sanción de veinte mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con sesenta y un céntimos (20.444’61) como responsable de la realización sin la preceptiva licencia en la parcela 769 del polígono 4 de las obras de construcción (en un 48% del total) de un edificio de nueva planta destinado a vivienda; obras constitutivas de una infracción urbanística grave, sanción a imponer en un 75% del valor de la obra realizada de acuerdo con lo que establece el art. 34 de la Ley 10/90, de disciplina urbanística, puesto que no concurren circunstancias atenuantes ni agravantes.

La propuesta se notificará a los interesados, concediéndoles un plazo de 15 días para que puedan consultar el expediente, formular alegaciones y presentar los documentos u otros elementos de juicio que consideren pertinentes.

De acuerdo con el art. 10 del Decreto 14/94, de 10 de febrero, el reconocimiento de su responsabilidad por parte del infractor podrá dar lugar a la resolución del procedimiento, con la imposición, sin ningún otro trámite, de la sanción que corresponda, sin perjuicio del resto de actuaciones pertinentes.

Lo que les comunico a los efectos señalados.

 

El horario de consulta del expediente es el siguiente: de lunes a viernes de las 12 a las 14 horas.”

Pollença, 6 d’octubre de 2014

El Batle
Bartomeu Cifre Ochogavia