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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 17420
Notificación resolución de Alcaldia de delegación de competencias al expediente de disciplina urbanística exp. 12-2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Locales, le comunico que el Sr. Alcalde -Presidente, Antoni Reus Darder, en fecha 2 de octubre de 2014, ha dictado la siguiente resolución:

"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS AL EXPEDIENTE DE DISCIPLINA URBANÍSTICA 12-2011

Dado que en sesión plenaria extraordinaria y urgente del Ayuntamiento en  Pleno, celebrada el día 26 de marzo de 2013 fui proclamado Alcalde- Presidente de este Ayuntamiento, habiendo tomado posesión en el mismo plenario.

Dado que, en mi condición de concejal de urbanismo, antes de la proclamación, era instructor del expediente de disciplina urbanística 12/11 seguido por obras realizadas sin licencia en el polígono 13, parcela 179, siendo interesado el Sr. Perelló Gelabert.

La resolución de Alcaldía de fecha 1 de febrero de 2013 fue objeto de recurso de reposición en fecha 11 de marzo de 2013, recurso que no se ha resuelto a día de hoy.

Dada la obligación de resolver dicho recurso y que, la resolución de los expedientes sancionadores y de restablecimiento de la legalidad urbanística es competencia de alcaldía pero debe recaer en persona distinta del instructor del expediente para garantizar la separación de la fase instructora y la sancionadora establecida en el art. 134.2 de la Ley 30/1992 en cumplimiento de los principios que rigen la potestad sancionadora y dado que el recurso de reposición debe ser resuelto por la alcaldía.

Visto que el art. 13 de la Ley 30/1992 permite la delegación de competencias atribuidas a esta alcaldía y dada la circunstancia antes mencionada,

HE RESUELTO:

1º.- Delegar en la primera teniente de Alcalde Beatriz Gamundí Molina las competencias propias de alcaldía a los expedientes de disciplina urbanística y restablecimiento de la legalidad referenciados en la parte expositiva de la presente resolución, pudiendo dictar actos adminsitrativos que afectan a terceros así como resolver los recursos administrativos. Publicando dicha delegación en el BOIB de conformidad con lo dispuesto en el art 13.3 de la Ley 30/1992 de RJAPAC.

2º.- Notificar, con independencia de su publicación en el BOIB, la presente resolución individualmente a los interesados ​​indicando los recursos que sean pertinentes. "

La presente resolución antes transcrita, pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Alcalde - Presidente. El plazo para interponer el recurso de reposición será de un mes, contado desde la fecha de su notificación de la presente resolución, y significándole que si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por silencio.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, y podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Contra la resolución del recurso de reposición, podrá interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

El recurso contencioso administrativo podrá ser interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente día al de la notificación de la presente resolución.

No obstante, podrá utilizar cualquier otros recursos, si lo cree conveniente.

Por lo que se notifica la presente para efectos oportunos.

 

Santa Margalida, 2 de octubre de 2014

 

El Secretario

 Antoni Alorda Vilarrubias