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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 17414
Aprobación definitiva ordenanza fiscal núm. 27 reguladora de la tasa por la rpestación des ervicios funerarios y cementerios municipales

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Texto

El 29.09.14 quedó definitivamente aprobada la modificación de la ordenanza fiscal número 27, reguladora de la tasa por la prestación de servicios funerarios y cementerios municipales, que fue aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de fecha 31.07.14.

Las modificaciones introducidas en el texto actualmente en vigor, son las siguientes:

Artículo 6º - CUOTA TRIBUTARIA

La cuota tributaria se determinará por la aplicación de las siguientes tarifas:

1. MANTENIMIENTO DE CEMENTERIOS

CEMENTERIO NUEVO (€/PLAÇA)

1.01

Por cada panteón tipo I

10,78 €

1.02

Por cada panteón tipo I’

7,77 €

1.03

Por cada panteón tipo II

8,93 €

1.04

Por cada panteón tipo III

8,93 €

1.05

Por cada panteón tipo III’

8,96 €

1.06

Por cada sepultura vertical

6,60 €

1.07

Por cada sepultura horizontal

6,60 €

1.08

Fosas

2,58 €

CEMENTIRI VELL (€/PLAÇA)

1.09

Nicho pared s/ armario

5,38 €

1.10

Nicho suelo s/ armario

5,38 €

1.11

Nicho cripta

6,31 €

1.12

Sepultura suelo s/armario

6,60 €

1.13

Casilla

7,87 €

1.14

Panteón

7,77 €

1.15

Foses

2,58 €

ALTRES PRESTACIONS DE SERVEIS

2.01

Renovación de títulos y/o cambio de titularidad

21,33 €

2.01

Duplicados títulos propiedad

5,62 €

2.03

Concesión temporal SH y SV otorgamiento título

20,21 €/año

2.04

Concesión temporal de panteón tipo II y III, otorgamiento títulos funerarios

24,71 €/año

2.05

Concesiones temporales en todas tipologias por colocación restos incineración

11,22 €/año

2.06

Tramitación licencia obres mayores interior cementerio

101,10 €

2.07

Trabajos reparación “unidades de entierro” según presupuesto manobre contratado a través de “concesionaria” o directamente por los particulares

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SERVEIS FUNERARIS

3.01

Deposito cadáveres (24 horas o fracción)

14,97 €

3.02

Conservación cámara frigorífica (24 horas o fracción)

22,45 €

3.03

Conducción y recogida cadáveres TM Ciutadella

79,03 €

3.04

Conducción y recogida cadáveres TM Ferrerias

87,18 €

3.05

Conducción y recogida cadáveres TM Mercadal/Migjorn

91,48 €

3.06

Conducción y recogida cadáveres TM Alaior

103,01 €

3.07

Conducción y recogida cadáveres TM Maó

122,50 €

3.08

Conducción y recogida cadáveres Aeropuerto

132,11 €

3.09

Limpieza sepultura, preparación y aondicionamiento

23,06 €/hora

3.10

Inhumación cadáveres

112,24 €

3.11

Incineración cadáveres

576,49 €

3.12

Inhumación cendres cadáveres y restos

46,12 €

3.13

Tramites administrativos, certificados defunción y sepultura, documentación incineración y/o inhumación

64,65 €

3.14

Exhumación cadáveres

72,34 €

3.15

Traslado de restos

89,79 €

3.16

Incineración restos cadavéricos

230,60 €

3.17

Material y sustancias conservantes embalsamiento

104,51 €

3.18

Filtro depurador

42,02 €

3.19

Colaboración sanitaria

59,30 €

SERVEIS NO OBLIGATORIS

3.20

Vestido y amortajamiento

39,56 €

3.21

Sábana ultra absorbente (mortaja)

22,58 €

3.22

Condicionamiento higiénico y estético

39,57 €

3.23

Colocación lapidas

7,50 €

3.24

Tecnoplástia cadáveres

184,49 €

3.25

Utilización iglesia

115,30 €

3.26

Utilización sala tanatorio

345,91 €

3.27

Organización acto social y religioso

10,78 €

3.28

Trámites y redacción recordatorios

10,78 €

3.29

Trámites y traslado coronas y ramo de flores del domicilio al cementerio

10,78 €

3.30

Aviso defunción vecinos difunto

59,30 €

3.31

Esquelas por cada 100 unidades

47,03 €

3.32

Esquelas con imagen por cada 100 unidades

62,88 €

3.33

Recordatorios por cada 100 unidad

43,23 €

3.34

Recordatorios con imagen por cada 100 unidades

83,81 €

3.35

Lapidas recordatorio 60x50

322,85 €

Los servicios exteriores en caso de solicitarlos se liquidarán por su coste, acreditándose mediante factura del proveedor:

3.36

Ramos y coronas de flores

3.37

Publicación de esquelas y notas funerarias a prensa

3.38

Publicación de esquelas radiadas

3.39

Otros servicios no relacionados con esta ordenanza

3.40

Trabajos de reparación “de unidades de entierro”

3.41

Reciclaje restos cantera autorizada y transportes

3.42

Material usado para arreglar la unidad de entierro

3.43

Bolsa de plástico para restos

3.44

Tasas de sanidad

3.45

Certificados médicos

3.46

Honorarios prácticas sanitarias

3.47

“Fletes” aeropuerto

SUBMINISTRAMENT D'ARQUES I TAÜTS

4.01

Ataúdes presupuesto FIAT SEGUROS Nº1

974,92 €

4.02

Ataúdes presupuesto SANTA LUCIA Nº1

1.236,67 €

4.03

Ataúdes presupuesto SEGUROS OCASO Nº1

1.236,67 €

4.04

Ataúdes presupuesto MAPFRE FINISTERRE Nº1

1.066,18 €

4.05

Ataúdes presupuesto CAHISPA

974,92 €

4.06

Servicio usuario particular ataúd modelo 1 01X

774,08 €

4.07

Servicio usuario particular ataúd modelo 2 06V

892,27 €

4.08

Servicio usuario particular ataúd modelo 3 02R

974,92 €

4.09

Servicio usuario particular ataúd modelo 4 05M

1.066,18 €

4.10

Servicio usuario particular ataúd modelo 5 23V

1.236,67 €

4.11

Ataúd semi arcas traslado 16R

269,36 €

4.12

Ataúd baúl traslado

269,36 €

4.13

Cajas de restos pequeños

57,65 €

4.14

Cajas de restos grandes cadáveres momificados

107,75 €

4.15

Urna restos incineración

102,38 €

4.16

Bolsa cenizas para interior urna

17,29 €

4.17

Ataúd con forro zinc para traslado

1.599,18 €

4.18

Funda de traslado

52,01 €

La presente ordenanza se aplicará a partir de la publicación definitiva del presente edicto y permanecerá en vigor mientras el Pleno del Ayuntamiento no acuerde su modificación o derogación.

Todo lo cual se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del RD 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales.

Ciutadella de Menorca, a 1 de Octubre de 2.014.

El Alcalde,
Ramón Sampol Antich