Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 17185
Ejecución de títulos judiciales 150/2014
Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 150/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ANTON MARIA MUÑOZ MORENO, CARLOS CABELLO NAVARRO, JOSE VICENTE MOSCARDO LLARIO , LUIS ALBERTO SALAZAR MOLINA contra la empresa DORKY PREMIUM, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO 17/09/14
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante ANTON MARIA MUÑOZ MORENO, CARLOS CABELLO NAVARRO, JOSE VICENTE MOSCARDO LLARIO, LUIS ALBERTO SALAZAR MOLINA frente a DORKY PREMIUM, SL, parte ejecutada.
DILIGENCIA 17/09/14
Habiendo presentado el/los trabajador/es ANTON MARIA MUÑOZ MORENO, CARLOS CABELLO NAVARRO, JOSE VICENTE MOSCARDO LLARIO, LUIS ALBERTO SALAZAR MOLINA exigiendo el cumplimiento por el empresario DORKY PREMIUM, SL de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de SENTENCIA, de conformidad al art.280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y y fijo el próximo día 10/10/2014 a las 09:40 HORAS para la celebración de la comparecencia
De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Asimismo, acuerdo la citación del-de los demandado-s por medio de edictos.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DORKY PREMIUM, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a diecisiete de Septiembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL