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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 17255
Cosntitución de bolsa de monitor/a de flauta

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Texto

Antoni Servera Servera, alcalde presidente del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante la resolución de la Alcaldía núm. 1216/2014, de 30 de setembre, lo siguiente:

Vista la Resolución de Alcaldía núm. 11052014, de día 11 de septiembre, por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo, para cubrir plazas vacantes de ámbito laboral y temporal, por obra y servicio, de monitor / a de los cursos de la Escola de Música del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), especialidad de flauta.

Considerando la propuesta del tribunal calificador del acta de calificación y valoración de la convocatoria pública mencionada, realizada en fecha del 23 de septiembre de 2014.

Por ello, y en atención a las bases de la misma y de acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales

RESUELVO:

1. Que se constituya la bolsa de trabajo para cubrir, con contrato por obra o servicio a tiempo parcial, los puestos de trabajo vacantes de monitores de música, para la especialidad del instrumento de flauta, de los cursos de la Escola de Música municipal , de acuerdo con el orden de prelación:

Ordre prelación

DNI

Especialidad

CONCURSO

1

74376177L

Cursos de Flauta

5,4

2

20494026Z

Cursos de Flauta

3,6

2. Que se dé cuenta de la presente al Departament de nòmines i personal de este Ajuntament.

3. Publicar la presente mediante edicto en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).

4.  Exposar la presente en el tablón municipal de anuncios, para que se dé conocimiento público.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

(a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

(b) El recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora d ela jurisdicción contenciosa administrativa y, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Son Servera, 30 de septiembre de 2014

    

El batle president 

Antoni Servera Servera