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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 17209
Consejo Ejecutivo. Concesión de las ayudas del Consejo Insular de Menorca para el apoyo a las cofradias de pescadores

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Texto

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria de día 22 de septiembre.2014, en conformidad con las bases publicadas en el BOIB núm. 100 de 24.7.2014 , adoptó el siguiente acuerdo;

Primero.- Conceder las ayudas siguientes a las cofradías de pescadores de Menorca, para apoyar a las actuaciones de promoción genéricas que no afecten la libre competencia, previstas en el artículo 2, letras y, k, y en el artículo 13 del Decreto 61/1995, de 2 de junio, que regula las cofradías de pescadores; a las relativas en su punto de primera venta previstas en el artículo 2 f de la misma norma; así como a otros gastos ordinarios generados en el desarrollo de actuaciones que sean de interés general para la actividad extractiva del sector pesquero que lleven a cabo las cofradías de pescadores de Menorca desde día 4 de diciembre de 2013 a 3 de diciembre del año de la convocatoria, con cargo a la partida 6.4150.4890032 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el año 2014:

Solicitante

NIF

Ayuda solicitada

Subvención

Cofradia de Pescadores de Maó

G07069347

16.600€

16.600€

Cofradia de Pescadores de Fornells

G07069354

16.670€

16.670€

Cofradia de Pescadores de Ciutadella

G07068935

16.600€

16.600€

TOTAL

49.870

Segundo.- El plazo para justificar los gastos que son objeto de subvención acaba día 3 de diciembre 2014.

Para justificar los gastos se tiene que presentar una cuenta justificativa simplificada que contienda:

-Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas.

-Relación nominativa de los gastos realizados y detalles otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad (anexo IV).

Los gastos de personal se pueden justificar por un importe máximo de 6.000 € por cada cofradía.

Tercero.- Notificar esta resolución a cada uno de los beneficiarios en la parte que los corresponde individualmente.

Mahón, 1 de octubre de 2014

El secretarío del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón