Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 17104
Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 23 de septiembre de 2014 por la que se autorizan las nuevas tarifas del servicio de suministro de agua de las urbanizaciones Playa y Costa de Canyamel del término municipal de Capdepera (Exp.: DGRH 06/2014 CP)
Hechos
1. El 9 de junio de 2014, tuvo entrada en la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio una solicitud del Ayuntamiento de Capdepera de autorización para la modificación de las tarifas del servicio de suministro de agua de las urbanizaciones Playa y Costa de Canyamel.
2. El 20 de agosto de 2014, la Dirección General de Recursos Hídricos emitió un informe técnico favorable a la modificación de tarifas del servicio de suministro de agua de las urbanizaciones Playa y Costa de Canyamel (t.m. Capdepera).
3. El 1 de septiembre de 2014 la Comisión de Precios de les Illes Balears, emitió un dictamen favorable por unanimidad de los asistentes, según se especifica en el acta correspondiente en el punto 1 del apartado “desarrollo de la sesión” sobre la modificación de las tarifas de suministro de agua de las urbanizaciones Playa y Costa de Canyamel.
Fundamentos de derecho
1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE núm. 207, de 30 de agosto).
2. La Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifes de los servicios de competencia local (BOE núm. 241, de 8 de octubre).
3. El Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE núm. 260, de 31 de octubre).
4. El Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE núm. 139, de 8 de junio).
5. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo de 2013).
6. El Decreto 30/2013, de 14 de junio, por el que se crea la Comisión de Precios del Agua y los Transportes Urbanos y se regula la composición y el funcionamiento (BOIB núm. 85, de 15 de junio de 2013).
Propuesta de resolución
Propongo al Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Precios de las Illes Balears de 1 de setiembre de 2014, la modificación de tarifas del servicio de suministro de las urbanizaciones Playa y Costa de Canyamel:
Cuota de consumo: |
euros / m3 |
---|---|
Playa de Canyamel |
|
Bloque I: de 0 hasta a 10 m3/mes |
0,46 |
Bloque II: mayor 10 hasta a 25 m3/mes |
0,69 |
Bloque III: mayor de 25 hasta a 40 m3/mes |
1,38 |
Bloque IV: mayor de 40 m3/mes |
2,76 |
Costa de Canyamel |
|
Bloque I: de 0 hasta a 10 m3/mes |
0,68 |
Bloc II: mayor 10 hasta a 25 m3/mes |
1,02 |
Bloc III: mayor de 25 hasta a 40 m3/mes |
2,04 |
Bloc IV: mayor de 40 m3/mes |
4,08 |
Consumo municipal: |
0,46 |
Unidades equivalentes para determinar la cuota de consumo:
Vivienda / Apartamento turístico |
1 |
Plaza hotelera |
0,4 |
Comercio, taller, carpintería, local, alquiler coches |
3 |
Bar, cafetería, restaurante, discoteca |
5 |
Industria y obra |
4 |
Clubs náuticos, espacios deportivos, lavacoches |
5 |
Empresa h2O |
9 |
Aplicando estas u. e, los tramos por determinar los bloques de consumo serian (en m3/mes):
|
I |
II |
III |
IV |
---|---|---|---|---|
Vivienda/Apartamento turístico |
0 – 10 |
10 – 25 |
25 – 40 |
>40 |
Plaza hotelera |
0 – 4 |
4 – 10 |
10 – 16 |
>16 |
Comercio, taller, carpintería, local, alquiler coches |
0 – 30 |
30 – 75 |
75 – 120 |
>120 |
Bar, cafetería, restaurante, discoteca |
0 – 50 |
50 – 125 |
125 – 200 |
>200 |
Industria y obra |
0 – 40 |
40 – 100 |
100 – 160 |
>160 |
Clubs náuticos, espacios deportivos, lavacoches |
0 – 50 |
50 – 125 |
125 – 200 |
>200 |
Empresa h20 |
0 – 90 |
90 – 225 |
225 – 360 |
>360 |
Cuota de servicio: |
euros/abonado/mes |
---|---|
Vivienda / Apartamento turístico |
4,88 |
Plaza hotelera |
1,95 |
Bar / Restaurante |
24,41 |
Comercio / local |
14,65 |
Industria y obra |
19,53 |
2. Notificar esta Resolución a la entidad interesada.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
4. Esta Resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recuso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 23 de septiembre de 2014
La Secretaria General
Ana Martínez Cañellas
Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.
El Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
Gabriel Company Bauzá