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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Núm. 16820
Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 22 de septiembre de 2014 por la que se aprueba a Redexis Gas Baleares S.A.U. el proyecto de red de distribución de gas natural en el término municipal de Andratx, fase I

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Texto

Hechos

1. El 14 de marzo de 2011, mediante Resolución del director general de Industria, se seleccionó la propuesta presentada por la empresa Gesa Gas, SAU para la ejecución y explotación de las instalaciones de distribución de gas natural en el término municipal de Andratx, entre otros.

2. El 15 de abril de 2011, la empresa Gesa Gas, SAU presentó una solicitud de autorización administrativa previa para el suministro de gas canalizado en el término municipal de Andratx, de acuerdo con la Resolución antes mencionada, con la que adjuntó un proyecto básico firmado el 13 de abril de 2011 por el señor Francisco Naya Franco y un anexo firmado por el mismo técnico el 22 de junio de 2011.

Mediante la autorización solicitada, se prevé suministrar gas canalizado a viviendas, locales comerciales, industrias y otros equipos situados en el término municipal de Andratx, en el ámbito a que se refiere la solicitud.

3. El Subcomité de informes Ambientales de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, en sesión de 23 de abril de 2013, informó favorablemente, desde el punto de vista ambiental, este proyecto, siempre y cuando se aplicaran todas las medidas correctoras y protectoras propuestas y se cumplieran todos los condicionantes mencionados en el informe.

En cualquier caso, la Disposición final quinta de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias; modificó la letra d) del grupo 3 del anexo I de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de la siguiente manera: "d) Tuberías para transportar gas o petróleo en suelo rústico a partir de 10 km de longitud con un diámetro nominal de más de 160 mm ". Con lo cual, esta instalación ya no estaría incluida en el anexo I mencionado.

4. El 5 de diciembre de 2013, mediante Resolución del Consejero de Economía y Competitividad, se otorgó autorización previa por el suministro de gas canalizado en el término municipal de Andratx, en la zona delimitada por los planos aportados en el proyecto básico firmado el 13 de abril de 2011 por el Sr. Francisco Naya Franco, y en el anexo firmado el 22 de junio por el mismo técnico.

5. El 30 de enero de 2014, la entidad Redexis Gas Baleares SAU (antes Gesa Gas, SAU), presentó a la Consejería de Economía y Competitividad el aval bancario exigido en la Resolución de autorización previa.

6. El 15 de julio de 2014, Redexis Gas Baleares SAU, solicitó la aprobación del proyecto de ejecución para la "Red de distribución de gas natural en el término municipal de Andratx (Fase I)", redactado por la Sra. Raquel Campos Serrano, ingeniera industrial, con núm. de visado VD01267-14A del COIIAR el 14 de mayo de 2014 Las características principales de la instalación son las siguientes:

Gas a suministrar

Gas natural con un PCS del orden de 10.000 Kcal/Nm3, en función de su procedencia.

Instalaciones principales

Red de distribución urbana desde la posición SONAN-05 prevista en el gasoducto de transporte secundario “Son Reus-Andratx”, con una presión de operación (MOP) de hasta 5 bar, en canalización enterrada de polietileno PE 100 alta densidad y diferentes diámetros (DN 90, 110, i 160). La longitud total prevista para esta fase I es de 2.297 metros.

Presupuesto

134.860,11 € euros.

7. Junto con el proyecto de ejecución han aportado autorización de la Dirección Insular de Carreteras para el tramo de paralelismo y/o cruzamiento de la Ma-1 afectada por la red de distribución, así como el justificante de pago de las tasas correspondientes.

8. Con todo ello, los servicios técnicos de la Dirección General de Industria y Energía han informado favorablemente la solicitud de aprobación de este proyecto.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, de hidrocarburos.

2. El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y autorización de instalaciones de gas natural

3. La Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Islas Baleares.

4. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. La Resolución del Consejero de Economía y Competitividad de 13 de mayo de 2013 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación que se detalla a continuación:

  • Titular: Redexis Gas Baleares S.A.U.
  • Instalación: Red de distribución de gas natural en el término municipal de Andratx, (fase I) redactado por la Sra. Raquel Campos Serrano, ingeniera industrial, con núm. de visado VD01267-14A del COIIAR el 14 de mayo de 2014.

2. Esta aprobación de proyecto habilita al titular para la construcción de la instalación, cuyo plazo de ejecución se fija en un año contado a partir de la fecha de notificación de esta Resolución.

3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal u otros necesarios para hacer las obras y las instalaciones.

4. Notificar esta Resolución a Redexis Gas Baleares SAU, así como ordenar su publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Competitividad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 22 de septiembre de 2014

  

El director general de Industria y Energía

Jaime Ochogavía Colom

Por delegación del consejero de Economía y Competitividad

(BOIB 70/2013)