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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16739
Disciplina: DS-2008/322-00 Notificación imposición multa
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística al Sr. José Luis Rodríguez Molina, exp. nº DS- 2008/322 00, como promotor y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica al Sr. José Luis Rodríguez Molina, de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Por resolución de la alcaldía nº 8727 de 22.05.2014, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto que no se han presentado alegaciones al inicio del expediente sancionador núm. DS- 2008/322 00, acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 30/07/2013, notificado el 25/02/2014 mediante publicación BOIB, incoado al Sr. José Luis Rodriguez Molina, como promotor, por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle. Apuntadores, 20, RC. 09502514 "; SE CONSIDERA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de acuerdo con lo establecido en el art. 8.4 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora.
Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del Decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB núm. 21 de 17-02-94), por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB núm. 98 de 28/06/05); el art. 21 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el art. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB, y atendidos el Decretos de Alcaldía n º. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de mayo de 2013, y el Decreto de Alcaldía 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27 de enero de 2014, y demás normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el teniente de alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente:
D E C R E T O
IMPONER al Sr. José Luis Rodríguez Molina, como promotor, una multa de CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS euros con DOCE céntimos, 42.476,12 euros, (75% sobre valoración efectuada 56.634, 82 euros), art. 45-f de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB) dado el expediente sancionador nº. DS-2008/322 00, de acuerdo con lo dispuesto en el expositivo de este decreto y dado que no se han presentado alegaciones al inicio del expediente sancionador, notificado el 25/02/2014 mediante publicación BOIB, de acuerdo con el art. 17 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora. Obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle. Apuntadores, 20, RC. 09502514, consistentes en: "Las obras grafiadas en el proyecto CN 2007/3136 no se han ejecutado como figuran en el mismo, en su lugar se han construido dos apartamentos uno en planta baja y otro en planta altillo".
El importe de la multa precedente, según lo dispuesto en el art. 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, deberá hacerse efectivo, en período voluntario en los plazos siguientes:
- Si la publicación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
- Si la publicación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. La multa deberá hacerse efectiva en la recaudación municipal ubicada en la plaza Santa Eulalia, 8, 1 º, de 9'00 h. a 13'30 de lunes a viernes. Se advierte:
1 º Que la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de acuerdo con el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
2 º Que, si no ha satisfecho la deuda, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta el día del pago de la deuda, de acuerdo con el artículo 161 de la Ley General Tributaria, deberá de satisfacer los recargos propios del período ejecutivo a que hace referencia el artículo 28 de la mencionada ley.
Lo que le comunico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponer el citado recurso es de un mes contado desde el día siguiente de esta publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se deberá presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedida la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta publicación todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália, 9 (sólo Registro).
Palma, 23.09.2014
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salva Armengod