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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 16516
Procedimiento ordinario 76/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO  DE CANTIDAD 76/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª GALYA VESELINOVA ANGELOVA contra  la entidad LA ROCA SINTOS PLACE SL sobre ORDINARIO DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Autos: 76/2012

SENTENCIA  núm. 294/2014

En Palma, a  9 de septiembre de 2014.

Vistos por María Fernanda De Andrés Pardo, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Social número tres de Palma de Mallorca, los presentes autos número 76/2012 seguidos a instancia de Dª. GALYA VESELINOVA ANGELOVA, defendida por la abogada Dª Magdalena Perelló Ferrer, frente a “LA ROCA SINTOS PLACE, S.L.”, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que, estimando la demanda de Dª. GALYA VESELINOVA ANGELOVA frente a “LA ROCA SINTOS PLACE, S.L.”, condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.104’69 €  por los conceptos de la demanda, más los intereses que la misma devengue al tipo del 10%.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma NO cabe recurso.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria  para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Ilma. Sra. Magistrada que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad demandada LA ROCA SINTOS PLACE SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Septiembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL