Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16669
Protección. Notificación DR 2010/2 Notificación acuerdo Junta de Gobierno de dia 4 de junio de 2014
De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el artículo 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, y dado que no ha sido posible notificar el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma, en sesión de fecha 4 de junio de 2014, a PEDRO MIGUEL MATEO, con DNI. 43.005.789-K; por haberse intentado por dos veces la notificación; y para poder continuar con la tramitación del expediente DR 2010/2, relativo al inmueble ubicado en la Plaza Barcelona, núm. 15 - "Estadio Lluís Sitjar", del Negociado de Protección de la Edificación, del Departamento de Disciplina Urbanística, se procede mediante esta publicación a la formal notificación de la resolución que resulta del siguiente tenor literal:
"I. En fecha 9 de noviembre 2010, mediante Decreto de Alcaldía núm. 19601, se incoó expediente contradictorio de ruina del inmueble situado en la Plaza Barcelona, núm. 15 - Estadio "Lluís Sitjar".
II. En fecha 7 de abril de 2011, mediante Acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo, se acordó la declaración de ruina del Estadio y, por tanto, se ordenó la demolición del inmueble en un plazo no superior a 6 meses; acuerdo que fue notificado a los propietarios y, en su caso, publicado en el BOIB o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente.
III. Dado el tiempo transcurrido, en fecha 10 de abril de 2014 se realizó una nueva visita de inspección y se comprobó que la propiedad del inmueble afectado no había dado cumplimiento a la orden de demolición, lo que está provocando la degradación progresiva de la edificación, ocasionando un peligro de carácter público a las personas y bienes; por lo que se suele solicitar a la empresa concesionaria de las ejecuciones subsidiarias, actualmente Contratas Bartolomé Ramón, SA, presupuesto para llevar a cabo la demolición.
IV. Dado que en fecha 9 de mayo de 2014 la empresa Contratas Bartolomé Ramón, SA presentó presupuesto para llevar a cabo la demolición del inmueble por vía de ejecución subsidiaria, por importe de € 1.198.472,53, el cual fue informado favorablemente por los servicios técnicos municipales mediante informe técnico de fecha 14 de mayo de 2014, que transcrito dice:
"(...) Hay Informar:
A. Que las obras contempladas en el presente presupuesto se ajustan a las aprobadas por el Acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 7-04-2011.
B. El presupuesto se informa favorablemente en cuanto se ajusta básicamente al pliego de condiciones facultativas para realizar por vía de ejecución subsidiaria. En referencia al precios aplicados se han aplicado los del libro de precios de la construcción edición nº 37 de fecha 07 2012.
C. Este presupuesto aunque se informa favorablemente queda condicionado a posibles variaciones de las partidas del capítulo 3 y capítulo 4, que deberán justificarse una vez realizadas con comprobante diarios firmados por el técnico del material y mano de obra empleados.
Las obras se facturarán a medición real.
D. El importe inicial del primer presupuesto asciende a la cantidad de //1.198.472,53€// con impuestos incluidos."
Vista la normativa de aplicación: artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo; artículos 10 y 11 Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística; artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículos 172 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales; el Reglamento de la Gerencia de Urbanismo, y la otra normativa aplicable, cabe formular la presente propuesta al Consejo de Gerencia de Urbanismo para que eleve a la Junta de Gobierno con la habilitación del "menoscabe" y la adopción del siguiente
ACUERDO
1º) APROBAR el presupuesto presentado por la empresa Contratas Bartolomé Ramón SA en fecha 9 de mayo de 2014, que asciende a la cantidad de 1.198.472,53 € (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS Y CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS), a reserva de la definitiva liquidación debidamente justificada los servicios técnicos municipales.
2º) DAR AUDIENCIA del presupuesto (*) presentado por la empresa Contratas Bartolomé Ramón SA, el cual ha sido informado favorablemente por los servicios técnicos municipales en fecha 14 de mayo de 2014, según informe técnico transcrito en el expositivo IV. Por ello, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, se otorga un plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente al de recepción de este Acuerdo, para que pueda consultar el presupuesto y puedan alegar lo que estime adecuado y/o aportar los documentos y justificantes que consideren oportunos al respecto.
El importe total del presupuesto asciende a la cantidad de: //1.198.472,53€// euros.
3º) Advertir que, en caso de que no se presenten alegaciones, este presupuesto se considerará definitivo.
4º) DISPONER LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA, en relación al expediente DR 2010/2, de las obras de demolición ordenadas mediante el Acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 7 de abril de 2011, respecto del inmueble situado en la Plaza Barcelona, núm. 15 - Estadio "Lluís Sitjar".
5º) ENCARGAR a la empresa Contratas Bartolomé Ramón SA, con CIF A-57115701, y domicilio en la calle Francisco Manuel de los Herreros, 26, 1º dcha., 07005 Palma, la realización de las obras de demolición, en relación con el inmueble situado en la Plaza Barcelona, núm. 15 - Estadio "Lluís Sitjar", de acuerdo con el presupuesto presentado, e informado favorablemente por los servicios técnicos municipales, con cargo a la partida 08.151.00.226.32. Este encargo será efectivo una vez este presupuesto sea definitivo en vía administrativa. Se podrán iniciar las obras a partir de la fecha en que este Acuerdo sea firme y esté expedita la entrada domiciliaria si fuera necesario.
6) DISPONER que el coste de la ejecución subsidiaria de las obras mencionadas será de cuenta de la propiedad del inmueble.
7º) NOTIFICAR la presente resolución a los propietarios del inmueble afectado.
Respecto al punto 2º) DAR AUDIENCIA DEL PRESUPUESTO, se le informa que se trata de un acto de trámite, se adjunta copia del presupuesto a los efectos previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.
Respecto al resto de puntos, se comunica que esta resolución agota la vía administrativa, contra la que cabe recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente al de recepción de la presente notificación y, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento (1) o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entiende desestimado cuando no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su interposición. En este caso expedita la vía contencioso administrativa.
Si no utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo antes mencionado, y los 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente. "
(*) El presupuesto se encuentra a disposición de los interesados en el Negociado de Protección de la Edificación de la Gerencia de Urbanismo, en la Avenida Gabriel Alomar, núm. 18 de Palma, para su consulta hay que pedir cita previa en el teléfono 010.
(1) Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC avenidas- Edificio Avenidas. Av. Gabriel Alomar, 18; OAC Corte- Pl. Santa Eulalia, 9; OAC Pere Garau- C. Pere Llobera, 9; OAC San Ferran- Av. San Fernando, 42; OAC San Agustín- C. Margaluz, 30; OAC s'Arenal- Av. América, 11; OAC s'Escorxador- C. Emperatriz Eugenia, 6; OAC Son Ferriol- Av. Cid, 8 Horario de atención al público: Todo el año: de 08.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 08.30 a 17.00 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 09.30 a 13.30 h en la OAC Cort (sólo registro).
Palma, 22 de septiembre de 2014
La Jefe de departamento de disciplina y seguridad de los edificios
Por delegación (D.B. 3000 de fecha 26/02/2014, BOIB núm. 30 de fecha 03/04/2014)
Elvira Salvà Armengod.