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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16665
Disciplina DO-2014-0084-0002 Notificación decreto 10371 de 17/06/14
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a AARICHE BERNI ZAIM ABDELHAK, exp.núm. DO-2014/84, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a AARICHE BERNI ZAIM ABDELHAK, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 10371, de 06/17/14, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto el informe emitido por la TAG del servicio el 29 de mayo de 2014 que dice:
"1º.- ESTIMAR el recurso presentado el 29/05/2014 por el Sr. AARICHE Berner Zaimis ABDELHAK (constructor), contra el Decreto del Presidente del CGU núm. 8426 del 19/05/14 en relación a las obras realizadas en la calle Fábrica, núm. 2, consistentes en "unificación de dos locales, adaptando el local al negocio"
EN CONSIDERAR QUE:
a) Vistas las alegaciones presentadas donde el recurrente afirma que sólo ha realizado las obras que estaban amparadas en las licencias municipales CSS 2014-80020 y CSS 2.014-00.267, pero no el resto de obras, aporta como prueba copia de las facturas que emitió para la realización de las obras, siendo la primera de fecha 01/23/2014 y la segunda del 19/02/2014. (fechas coincidentes en las licencias solicitadas). Se ha comprobado también que el informe del celador municipal que dio inicio a este procedimiento es del 04/28/2014, y visto que una vez revisada la documentación obrante en el expediente DO 2014/84, no consta prueba determinante para afirmar su participación en la realización de las obras realizadas sin licencia municipal, por tanto hay que estimar la alegación efectuada.
b) En consecuencia, visto el artículo 130 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, que establece que sólo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción administrativa, las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de los mismos, y dado el principio de presunción de inocencia previsto en el artículo 137 de la misma ley, hay que excluir de la tramitación del expediente al Sr. . AARICHE Berner Zaimis ABDELHAK (constructor).
2º.- EXCLUIR de la tramitación de este expediente DO 2014/84 al Sr. AARICHE Berner Zaimis ABDELHAK (constructor), por los motivos expuestos anteriormente. "
Vistos los artículos 31, 130 y ss de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, el artículo. 30 de la Ley 10/90 de 23 de octubre, LDU, y el 162 de la Ley 2/2014 de 25 de marzo de ordenación y uso del suelo, los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de Régimen Local, y el art. 4.1.h, 4.2.ey 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, el técnico que suscribe, de acuerdo con los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, y atendidos el decreto de Alcaldía núm. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de fecha 13 de mayo de 2013, y el decreto de Alcaldía núm. 854, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27 de enero de 2014, y demás normativa aplicable, considera que el presidente del Consejo de Gerencia y Teniente de Alcalde de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente:
Decreto
1º.-EXCLUIR de la tramitación del expediente DO 2014-84 al SR. AARICHE Berner Zaimis ABDELHAK como constructor (DNI 41696680A), vistos los motivos expuestos en el informe transcrito en la parte expositiva de este acuerdo.
2º.- NOTIFICAR esta resolución al Sr. AARICHE Berner Zaimis ABDELHAK (constructor), Expte. DO 2014-84
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto . En este caso expedita la vía contencioso administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 19 de septiembre de 2014
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod