Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
GERENCIA REGIONAL DEL CATASTRO EN ILLES BALEARS
Núm. 16664
Publicacion de los acuerdos de aprobación de las Ponencias de los valores parciales de los municipios de Alaior, Algaida, Binissalem, Campos, Ciutadella de Menorca, Ferreries, Maó, Marratxí, Porreres y Sant Joan
Por Resolución de 23 de septiembre de 2014, el Gerente Regional del Catastro en Illes Balears ha adoptado el siguiente acuerdo:
‘De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE núm. 58, de 8 de marzo) y en el 4.1 del R.D. 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y del apartado d) del artículo 12.1 de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda ( BOE núm. 63, de 14 de marzo), esta Gerencia Regional acuerda aprobar las ponencias de valores parciales de los municipios de Alaior, Algaida, Binissalem, Campos, Ciutadella de Menorca, Ferreries, Maó, Marratxí, Porreres y Sant Joan’
Dicho acuerdo supone la iniciación del procedimiento de valoración colectiva de carácter parcial en los citados municipios.
Las ponencias de valores parciales a que se hace referencia, estarán expuestas al público, de lunes a viernes, dentro del horario ordinario de atención al público, en la Gerencia Regional del Catastro de Illes Balears, en la c/. Gaspar Sabater, nº 3 de Palma de Mallorca durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, y en la Oficina de la Unidad Local de Menorca, Avenida de Menorca, número 94 de Maó las correspondientes a Alaior, Ciutadella, Ferreries y Maó.
Contra el mencionado acuerdo podrá interponerse reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que finalice el período de exposición pública. No obstante, se podrá interponer directamente ante el Tribunal Económico Administrativo Central. Con carácter potestativo y previo a dicha reclamación, podrá interponerse recurso de reposición en el mismo plazo ante el Gerente Regional del Catastro, no siendo posible la interposición simultánea de ambos recursos.
La reclamación económico-administrativa o el recurso de reposición indicados deberán dirigirse en todo caso a la Gerencia Regional del Catastro.
Palma de Mallorca, 23 de septiembre de 2014
EL GERENTE REGIONAL EN ILLES BALEARS
Luis Antonio Bachiller García.