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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 16663
Aprobación definitiva Reglamento de Cronista Oficial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que no se ha presentado, durante el plazo de exposición pública, ninguna reclamación o sugerencia contra el acuerdo de aprobación del reglamento de Cronista Oficial de la Villa de Búger, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de día 30 de mayo de 2014, se entiende definitivamente aprobado y en cumplimiento de la legislación vigente, se publica el texto del mencionado acuerdo, que es el siguiente:

Reglamento cronista oficial.

Reglamento del cargo de Cronista Oficial de la Villa de Búger

1.- Exposición de motivos:

La tarea que desarrolla el cargo de Cronista Oficial de la Villa de Búger es fundamental a la hora de preservar la memoria histórica del municipio de Búger, además de servir de punto de referencia para investigadores, estudiosos o simplemente personas que estén interesadas en profundizar dentro de las raíces comunes de nuestro pueblo.

Por lo tanto, y en atención a estas consideraciones, el Ayuntamiento de Búger propone la creación de la figura de Cronista Oficial de la Villa de Búger a partir del presente Reglamento, en el cual se detallan las actividades y funciones propias del cargo, así como el procedimiento y las condiciones para su nombramiento.

2.- Requisitos:

El nombramiento de Cronista Oficial de la Villa de Búger recaerá sobre una persona física nacida en Búger, que se haya distinguido en su tarea de estudio, investigación y difusión de temas relacionados con la historia y la realidad social, económica y/o cultural de nuestro municipio.

3.- Funciones:

Emitir por escrito su opinión y atender las consultas sobre aquellos temas relacionados con la historia y la realidad social, económica y/o cultural de Búger que el Consistorio considere oportuno formularle, mediante la alcaldía o la concejalía expresamente delegada para esta función.

Asistir a todos aquellos actos oficiales organizados por el consistorio que, por su relevancia pública, el Ayuntamiento entienda que sea necesaria su presencia institucional.

4.-. Derechos:

El título de Cronista Oficial es vitalicio. Aún así, podrá cesar por voluntad propia, o ser cesado por incumplimiento de sus obligaciones, si así lo determina una mayoría cualificada de dos tercios del miembros del pleno municipal.

El título de Cronista Oficial es puramente honorífico y su tarea no está retribuida económicamente. Aún así, podrá recibir una compensación económica si es como consecuencia de un encargo específico hecho por la corporación municipal, que implique la realización de un estudio o investigación de carácter excepcional -por su complejidad, por la inversión de horas de trabajo que implica o por la adquisición de materiales específicos que suponga-, siempre y cuando estos gastos de carácter extraordinario cuenten con la aprobación del pleno municipal.

La persona que ostente el cargo de Cronista Oficial tendrá garantizado un lugar destacado en todas las ceremonias y actos públicos organizados por el Ayuntamiento de Búger. También recibirá, de forma gratuita, un ejemplar de todas las publicaciones editadas por el Ayuntamiento a partir de su nombramiento.

Así mismo, podrá acceder libremente a los fondos del Archivo y de la Biblioteca Municipal para su consulta y estudio, además de poder utilizar sus medios técnicos para esta finalidad. Cuando se trate de acceder a los expedientes y registros administrativos que figuran en las oficinas municipales, su acceso se regulará por lo que determina la normativa vigente referida a estos supuestos.

Quién ostente el cargo de Cronista Oficial recibirá un título conmemorativo de su nombramiento, así como un distintivo de su cargo (insignia municipal).

5.- Procedimiento

El procedimiento para el nombramiento de Cronista Oficial se iniciará por resolución de alcaldía y su propuesta tendrá que contar con una mayoría cualificada de dos tercios del plenario municipal.

Con la propuesta de iniciación del procedimiento, se tendrá que acompañar una memoria justificativa donde se especifiquen los méritos que concurren en la persona candidata que se propone, junto con reseñas biográficas y bibliográficas de su trayectoria, si fuera el caso.

Búger, 11 de septiembre de 2014

 

El Alcalde

Bartomeu Alemany Bennàsar