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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 16466
Notificación por comparecencia: inicio expedientes sancionadores Tráfico (rem. 382)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA. NOTIFICACIÓN DE INICIO POR EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE SANTA EULALIA DEL RÍO DE EXPEDIENTE SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL.

Se ha iniciado por el órgano competente del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río incoación de procedimiento sancionador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el cual se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y  Seguridad vial.

De conformidad con lo que dispone el artículo 59 apartado 5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, e intentada dos veces la notificación de inicio de expediente sancionador por medio de carta certificada con justificante de recepción cursada a través del servicio oficial de correos, sin haberse podido practicar por las circunstancias que constan en el expediente, y en los domicilios de notificación señalados en los artículos 77 y 59 bis del Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo, ya mencionado, se hace pública, por medio del presente anuncio, la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas físicas o entidades jurídicas denunciadas como presuntos infractores que a continuación se relacionan:

(Ref.: 00382)

EXPED

NIF/CIF

APELLIDOS Y NOMBRE/ DENOMINACIÓN

MATRÍCULA

FECHA

ARTÍCULO

IMPORTE

20012622

43427957R

ALBERT SOTO CARLES

1687HXC

21/06/14

OM.9.1.A

40,00

10008859

53645493V

ALONSO MELCHOR MIGUEL ANGEL

0733GVG

07/07/14

OM.9.2.A

40,00

30008874

X1384242X

ARBOL GABRIEL ENRIQUE

3959GZJ

24/06/14

OM.9.1.A

40,00

30008670

47408715B

AVILÉS RODRÍGUEZ MARÍA

7942HVK

11/06/14

OM.9.1.A

40,00

30008896

X2370822M

BAHRAOUI OMAR

8640HDM

25/06/14

OM.9.1.A

40,00

10007930

43053088D

BATALLA VINENT ISABEL

7404HXG

04/06/14

OM.9.1.A

40,00

40007525

X1948302H

BROEKMAN JAN

3475HJS

29/04/14

OM.9.2.A

40,00

20012646

38098460H

CAMPS BOIREU INMACULADA

1723HXC

21/06/14

OM.9.1.A

40,00

20012389

46958909Q

CARDENAS SANCHEZ ABRAHAM

0377HKX

14/06/14

OM.9.1.A

40,00

40008628

78891153A

CISCAR GEREKAEXEBARRIA OLATZ

6287HWL

21/06/14

OM.9.1.A

40,00

30008741

70813830G

DE PROPIOS MARTINEZ CAROLINA

4021HXB

16/06/14

OM.9.1.A

40,00

10008236

X9540371V

DUMITRESCU DOINA

2238GBL

17/06/14

OM.9.1.A

40,00

10008563

34731228D

GARCIA FABREGA RUBEN

4030HDZ

27/06/14

OM.9.1.A

40,00

30008721

48230516E

GODINEZ GARCIA MIGUEL ANGEL

2114BLX

14/06/14

OM.9.1.A

40,00

40007544

44677047F

GONZÁLEZ CRESPO ROBERTO

8662HWP

29/04/14

OM.9.1.A

40,00

30008942

47996824X

HUERTA BAEZA MIREIA

4361HWJ

27/06/14

OM.9.2.A

40,00

10008574

36147249N

IGLESIAS FUSTE IGNACIO

4118GXG

28/06/14

OM.9.1.A

40,00

10008590

36147249N

IGLESIAS FUSTE IGNACIO

4118GXG

28/06/14

OM.9.1.A

40,00

40007950

45678912S

LAUROBA MONJE ENEKO

9648HWR

22/05/14

OM.9.2.A

40,00

20013489

00385553G

MARGIN CABALLERO ALBERTO

4016HKS

19/07/14

OM.9.1.A

40,00

20011944

85088127H

MERINO MORENO OSCAR JAVIER

7652HWP

31/05/14

OM.9.2.A

40,00

40007552

44595846L

MOTA JIMENEZ CARLOS

3582HCT

29/04/14

OM.9.1.A

40,00

40007486

06259348J

MUÑOZ FERNANDEZ ANGEL

2630HGJ

26/04/14

OM.9.1.A

40,00

30008635

53314118A

NAYADE ROSAL SORIA

9567HWV

10/06/14

OM.9.1.A

40,00

20012655

34080971P

OLLOGUIEGUI BENGOECHEA NEREA

6554HWY

21/06/14

OM.9.1.A

40,00

10008575

12383283Z

PALMERO ROLDAN MARIANO

4238HSM

28/06/14

OM.9.1.A

40,00

40009227

35479042R

PIÑEIRO DOMINGUEZ LUIS MANUEL

1801HWF

12/07/14

OM.9.2.A

40,00

10007977

29166148D

PONTONES LOZANO JOSÉ MANUEL

3836HWK

05/06/14

OM.9.1.A

40,00

10008703

71255357T

RODERO SIMON CARMELO

7404HXP

01/07/14

OM.9.2.A

40,00

20011506

36562142P

ROMERO MORENO ANDRES

2977HWN

13/05/14

OM.9.1.A

40,00

10009138

16294101G

RUBIO ABAD MARÍA LUISA

8052HNH

16/07/14

OM.9.1.A

40,00

20012401

72735643Y

RUIZ  DE ARCAUTE ENEKO

1477HXC

14/06/14

OM.9.1.A

40,00

20011685

22128829T

SOTOS BUENDIA JOSE MIGUEL

1894FKC

21/05/14

OM.9.1.B

40,00

30009017

43450274P

TREPAT PEREZ ISAAC

1064GWY

08/07/14

OM.9.1.A

40,00

20011828

43053880L

VAZQUEZ CAPELLA MARIA ANTONIA

6747HWY

28/05/14

OM.9.1.A

40,00

10008585

17764022H

VELILLA AGUIRRE JARA

5847HWG

28/06/14

OM.9.2.A

40,00

10008173

74826239V

ZUBELDIA SANCHEZ RICARDO FCO.

0044HBY

14/06/14

OM.9.1.A

40,00

Órgano competente para dictar resolución sancionadora.- La competencia para dictar resolución en el expediente sancionador por infracciones a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponde al Alcalde, o concejal delegado.

Norma que le atribuye esta competencia.- Artículo 71.4, relación con el artículo 7, del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el cual se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial.

Indicación de la posibilidad de que el presunto responsable pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad con el pago voluntario de la sanción, implicando la finalización del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes.

Órgano competente para la instrucción del procedimiento sancionador.- Corresponde la instrucción del expediente sancionador, en calidad de instructor, a la señora Ana María Nájera Sanz.

Recusación.- En los casos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se podrá promover recusación del instructor y del secretario del expediente por las personas interesadas en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

Personas responsables.- El titular, arrendatario o persona designada como conductor habitual del vehículo con el cual se haya cometido la infracción, tiene el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción, y se les requiere para que en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de esta notificación, aporten nombre, apellidos, NIF y domicilio del mencionado conductor. El incumplimiento de esta obligación, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente con multa equivalente al doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave. En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen, por causa imputable a ellos y de conformidad con lo que disponen los artículos 69.1, 67.2 y 65.5.j) del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Las empresas de alquiler sin conductor a corto plazo acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de identificar al conductor responsable de la infracción mediante la remisión, al órgano instructor correspondiente, de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato

Alegaciones.- Se concede a las personas interesadas un plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente a  la notificación de esta denuncia, para que aleguen todo lo que consideren conveniente a su defensa y propongan las pruebas que estimen oportunas de conformidad con lo que dispone el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Reducción 50 por 100 sanciones multa.- Podrán hacerse efectivas con una reducción del 50 por 100 sobre la cuantía consignada, siempre que este pago se efectúe durante los 20 día naturales siguientes a aquel en que tenga lugar esta notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El pago anticipado con la reducción del 50 por 100 implicará la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, la finalización del procedimiento el día del pago sin necesidad de dictar resolución expresa, y la detracción de puntos el día siguiente.

Finalización expediente.- El pago del importe de la multa indicado en la notificación de la denuncia, de conformidad con el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, implicará la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, la finalización del procedimiento el día del pago sin necesidad de dictar resolución expresa, y la detracción de puntos el día siguiente. Al finalizar el procedimiento con el pago reducido, queda abierta la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el pago.

Una vez notificada la denuncia, si el denunciado no formula alegaciones ni hace efectivo el importe de la multa en el plazo de los veinte días naturales siguiente a la fecha de notificación, ésta tendrá efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, siempre que se trate de infracciones leves, infracciones graves que no detraigan puntos, o infracciones graves y muy graves notificadas en el acto de la denuncia. En este supuesto la finalización del procedimiento pone fin a la vía administrativa y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.

Caducidad.- Si no hubiera recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad de éste y se archivarán las actuaciones a solicitud de cualquier persona interesada o de oficio por el órgano competente para dictar la resolución de conformidad con lo que dispone el artículo 92.3 del ya mencionado Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Presentación de alegaciones.- En el Registro General del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río, situado en la calle Marià Riquer Wallis, 4 bajos, 07840 Islas Baleares, o los otros lugares señalados al efecto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAP-PAC.

Lugar de pago.- Oficina de Recaudación Municipal, c/. Marià Riquer Wallis, 4 bajos 07840 Santa Eulalia del Río, Islas Baleares.

Horario.- De lunes a viernes y de 8:15 a 13:30 horas.

Forma de pago.- a) En efectivo. b) Giro postal. c) Cheque nominativo y conformado o talón bancario a favor del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río. d) Tarjeta de crédito. e) Transferencia a cuenta 2100-0225-05-0100002763 La Caixa. f) Página web del ayuntamiento: www.santaeularia.com.

Importante.- En todos los casos se deben citar número de expediente y matrícula del vehículo.

LSV: Texto articulado Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial (Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo).

CIR: Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre).

OO.MM: Ordenanza Municipal de Tráfico (BOIB núm. 6, de 11 de enero de 2011).

O.M.: Ordenanza Municipal reguladora del servicio de estacionamiento regulado de vehículos (BOIB nº 108 de 07/09/2002).

Santa Eulària des Riu, a 19/09/2014

 

El Instructor,

Ana María Nájera Sanz