Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16362
Disciplina: DS-2008/200. Notificación propuesta de sanción.
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística al Sr. Miguel Angel Mancilla Rodriguez, exp. nº DS- 2008/200 dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica al Sr. Miguel Angel Mancilla Rodriguez, como propietario, de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
PROPUESTA DE RESOLUCION: Que formula la Sra. Victoria Fernández Irigaray, instructora del expediente sancionador seguido contra el Sr. Miguel Angel Mancilla Rodriguez, en calidad de propietario, por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en camí Barraques, RR. 055 0006, de conformidad con lo dispuesto en los art.13, 14 y 15 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como arts. 35 a 39 y 72 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.
En fecha 14.05.2014 el Sr. Miguel Angel Mancilla Rodriguez, presenta escrito de alegaciones contra el acuerdo citado donde indica que concurren circunstancias atenuantes que justifican la imposición de la sanción en su grado mínimo.En fecha 19.05.2014 el TAG del departamento emite informe
Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II y III del decreto 14/1994 de 10 de febrero, la instructora que subscribe formula la siguiente propuesta de resolución:
1.- Desestimar las alegaciones realizadas el 14.05.2014 por el Sr. Miguel Angel Mancilla Rodriguez. contra acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 01.04.2014 de inicio de procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en camí Barraques, RR. 055 0006.- Considerando: De acuerdo con el artículo 34 y después de la revisión del expediente cabe indicar que en el presente caso no se aprecia que concurran circunstancias que atenúen la responsabilidad del infractor y en consecuencia se considera adecuada la imposición de la sanción en su grado medio.
2º.- PROPONER a D. Miguel Angel Mancilla Rodriguez, como propietario, una sanción de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES euros con SETENTA Y SEIS céntimos, 17.983,76 € ,7,5% del valor de las obras retiradas (valoración obras retiradas 10.329,92 €) y 75% del valor de las obras no retiradas (valoración 22.945,35 €), art. 45 a y 46-1 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB, por la realización de las obras sin la preceptiva licencia municipal, consistentes en: “ampliación caseta junto al transformador eléctrico (+- 60 m2) y porche de unos 20 m2. Construcción almacén en zona corrales (95 m2). Construcción cerramientos muro rejilla (180 m2).-
Le envío adjunta, propuesta de resolución para que de conformidad con el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, presente cuántas alegaciones, documentos u otros elementos que estimes oportunos en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del presente escrito, también puede consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que encuentre convenientes, y además, puede solicitar copia de los documentos que constan en el expediente en la forma legal o reglamentariamente establecida.
Una vez finalizado el mencionado plazo, se declarará terminada la fase de instrucción, y se cursará todo lo realizado al órgano competente para resolver el procedimiento de forma inmediata, de conformidad con lo que establece el art. 15 del mencionado decreto.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registro).
Palma, 18 de septiembre de 2014
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012).
Elvira Salvà Armengod