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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 16231
Aprobación definitiva modificación del precio público para la prestación de serveicios en las instalaciones deportivas y su acuerdo regulador

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 28.07.14 aprobó provisionalmente la modificación del precio público para la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y  su acuerdo regulador en el apartado correspondiente  a escuelas infantiles, actividades para persones adultas y tenis para persones adultas del artículo 4, así como el artículo 5 y el primer apartado del artículo 6.

 En el BOIB núm. 104 de día 02.08.14 se publica el anuncio de la mencionada aprobación.

Atendiendo que durante el período establecido al efecto no se han presentado  alegaciones, las mencionadas modificaciones al acuerdo regulador  se entienden aprobadas definitivamente.

Atendiendo  a la legislación vigente, se publica íntegramente el acuerdo regulador:

ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PUBLICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

Artículo 1

Naturaleza, Objeto y Fundamento

De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación al artículo 41, ambos del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Sant Lluís percibirá el precio público para la prestación de servicios en las instalaciones deportivas municipales, que se regirá por la presente Ordenanza.

Artículo 2

Hecho Imponible

Constituye el hecho imponible del precio público, la recepción de los servicios y la utilización de las instalaciones deportivas municipales.

Artículo 3

Sujeto Pasivo

Están obligados al pago del precio público las personas destinatarias y por tanto sujetos pasivos: las personas que utilicen los servicios y las instalaciones deportivas municipales.

Artículo 4

Cuantía

Por la prestación de los servicios regulados en la presente normativa especifica, se establecen los siguientes precios públicos:

Matrícula niños y tercera edad: 8,00 euros.

Matrícula adultos: 15,00 euros.

(El precio de la matrícula incluye el seguro anual)

ESCUELAS INFANTILES

- 1 hora/semana:      7,50 €/mes

- 2 horas/semana :  15,00€/mes

- 3 horas/semana:   25,00€/mes

- 4 horas/semana:   30,00€/mes

- 7 horas/semana:   55,00€/mes

TENIS INFANTIL

- 1 hora/semana:    13,25€/mes

- 2 horas/semana:   26,50€/mes

- 3 horas/semana:   39,65€/mes

- 4,5 horas/semana: 59,50€/mes

ACTIVIDADES PARA PERSONAS ADULTAS

- 1 hora/semana :     12,50€/mes

- 1,5 horas/semana:  18,75€/mes

- 2 horas/semana:     25,00€/mes

- 3 horas/semana:    37,50€/mes

BONO PREMIUM: 2 horas de actividad dirigida + Fitness, excluido tenis: 34,95 €/mes

BONO PREMIUM PLUS: Todas las actividades (excepto tenis)+Fitness: 39,95€/mes

BONO 10 SESIONES de actividad dirigida (excepto tenis): 40 € (caduca a los seis meses)

TENIS PARA PERSONAS ADULTAS

- 1 hora/semana:       25,40€/mes

- 1,5 horas/semana:  38,10€/mes

- 2 horas/semana:    50,80€/mes

Añadiendo 10,00 euros a la cuota (actividades personas adultas) se podrá acceder libremente a la sala de fitness.

Añadiendo 5,00 euros a la cuota (actividades personas adultas) se podrán alquilar las pistas de tenis gratis (no incluye la luz)

GIMNASIA PARA LA TERCERA EDAD

- 1 hora/semana: 3,80 euros/mes

- 2 horas/semana: 7,60 euros/mes

SALA DE FITNESS

  • 29,00 euros/mes
  • 25,00 euros/bono 10 días (caduca a los 6 meses)
  • 4,00 euros/día

ALQUILER DE INSTALACIONES

Pistas de Tenis Green Set: 

  • 1 hora menor 18 años: 4,15 euros
  • 1 hora mayor de 18 años: 6,25 euros
  • 1 hora de luz:  3,10 euros

Pistas de Tenis Hierba artificial: 

  • 1 hora menor 18 años: 6,20 euros
  • 1 hora mayor de 18 años: 8,25 euros
  • 1 hora de luz: 3,10 euros

CON CONVENIO

Pabellón:

Pista Central :

Entrenamiento 1 hora: 24,45 euros

22,00 euros

Partido 1 hora: 26,85 euros

24,15 euros

Pabellón:

1/3 Pabellón:

Entrenamiento 1 hora 14,25 euros

12,80 euros

- Pista bádminton 1 hora: 4,85 euros

Sala 1/ Sala 2: 15,00 euros  13,50 euros

- Campo de fútbol-7:

1 hora:  33,80 euros30,40 euros

1 hora de luz  :5,15 euros

- Campo de fútbol-11:

1 hora:  62,30 euros     56,05 euros

1 hora de luz:        10,30 euros  

- Campo Streetball:  Gratuito

1 hora de luz: 1,85 euros

- Pistas de petanca:  Gratuito

1 hora de luz: 1,85 euros

- Circuito natural:  Gratuito

- Pistas de Patinaje:

1 hora:  5,00 euros/hora por persona

30,00 euros grupo

Luz: Gratuito

Artículo 5

Bonificaciones

5.1.- Se podrán otorgar las siguientes  bonificaciones:

- Un 15% a familias que tengan tres miembros inscritos en alguna escuela/actividad deportiva; se añadirá un 5% mas para cada miembro adicional más.

- Un 15% de descuento para la gente jubilada que haga otra actividad que no sea la gimnasia para la tercera edad.

- Un 10% a niños/as inscritos a las Ludotecas del Molí de Baix.

- Previo informe del Área Social del Ayuntamiento, la Junta de Gobierno Local podrá aprobar las bonificaciones que aquella proponga para las actividades del área deportiva.

5.2- La Junta de Gobierno Local podrá acordar la exención del pago del precio público a las asociaciones y instituciones sin ánimo de lucro dedicadas al fomento de las actividades deportivas y inscritas en este en el correspondiente registro.

5.3.- Las bonificaciones y exenciones necesitaran para ser declaradas la previa solicitud de los sujetos pasivos.

Artículo  6

Liquidación e ingreso

El Ayuntamiento liquidará las cuantías, bien por curso con carácter anticipado, o bien con carácter mensual, dependiendo de la actividad y de la duración.

En el caso de que la persona usuaria efectúe mas horas de las previstas en esta Ordenanza, se liquidará la cuota de forma proporcional a los precios establecidos.

Tal y como establece el artículo 27 de la Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos, las deudas por precios públicos podrán exigirse mediante el procedimiento administrativo de constreñimiento y conforme a la normativa vigente. En todo aquello no previsto expresamente en esta Ley, la administración y el cobro de los precios públicos  se realizará de conformidad con lo previsto en la Ley General Presupuestaria y demás normas que resulten de aplicación a los mismos.

En el caso de que se acumulen dos recibos sin pagar, se notificará al usuario que quedará suspendido el ejercicio de la actividad en la que se encuentre matriculado, hasta que no proceda a la cancelación de la deuda pendiente.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente precio público será vigente una vez publicado en el BOIB y se mantendrá mientras no sea modificado o derogado expresamente.

Sant Lluís, 16 de septiembre de 2014

El Alcalde del Ayuntamiento de Sant Lluís
Cristóbal Coll Alcina