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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 16080
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 26 de agosto de 2014, por la cual se autoriza la modificación de la configuración en el centro privado Escuela Politécnica de Palma con una unidad de ESPA (Educación Secundaria de Personas Adultas) en la modalidad semi-presencial

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Texto

Antecedentes

1. La resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 1 de julio de 2013, (BOIB del 18 de julio) autorizó la apertura y el funcionamiento del centro privado Escuela Politécnica de Palma (código de centre: 07015185) con dos unidades de ESPA (Educación Secundaria de Personas Adultas) y 46 plazas escolares en la modalidad presencial.

2. El 20 de febrero de 2014 (NRE 9461/2014, de 21 de febrero), la Sra. Pilar Socas de León, como representante de la titularidad y directora del centro privado Escuela Politécnica de Palma, solicitó la ampliación de una unidad de ESPA en la modalidad marchite presencial.

3. El 15 de abril de 2014 (NRE 622/2014, de 22 de abril), el Servicio de Innovación y Educación de Personas Adultas de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional, emitió informe favorable con respecto a la ampliación de 1 unidad de ESPA modalidad semi-presencial, haciendo las siguientes consideraciones técnicas: El centro cumple los requisitos mínimos de espacio y de material para ampliar una unidad de ESPA marchite presencial, los espacios que se proponen son espacios autorizados para realizar la modalidad presencial. Se considera que es viable compartir los espacios siempre que no haya solapamiento de horarios.

Las actividades formativas de carácter no presencial se desarrollarán mediante la plataforma e-learning (moodle) que se aloja al siguiente enlace WEB http://moodle.escuelapolitecnica.es/.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4 de mayo), de educación.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB del 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

5. El Real decreto 332/1992 (BOE del 9 de abril), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo).

6. El Orden de 14 de septiembre de 2004 por la cual se establece el régimen de autorización de centros privados de formación de adultos para impartir enseñanzas equivalentes al graduado en enseñanza secundaria obligatoria.

7. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE del 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE del 16 de marzo) que, en el artículo 36.2, establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30a de la Constitución española.

Por todo eso, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, dict la siguiente

Resolución

1. Autorizar con efectos desde el inicio del curso escolar 2014-2015, una unidad de ESPA (Educación Secundaria de Personas Adultas) en la modalidad semi-presencial, en el centro privado Escuela Politécnica de Palma.

2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07015185

Denominación genérica: Centro Privado de Educación de Personas Adultas.

Denominación específica: Escuela Politécnica Balear

Titular: Escuela Politécnica Balear S. L.

Domicilio: Arquitecte Bennàssar, nº. 41 bajos

Localidad: Palma, Municipio: Palma

CP: 07004

Enseñanzas autorizadas:

ESPA (Educación Secundaria de Personas Adultas) 2 unidades en la modalidad presencial y un máximo de 46 plazas escolares.

ESPA (Educación Secundaria de Personas Adultas) 1 unidad en la modalidad semi-presencial y un máximo de 23 plazas escolares.

El centro está obligado a cumplir la normativa vigente en cuanto a la titulación del profesorado destinado a las unidades autorizadas mediante esta Resolución. En caso contrario, se procederá a la revocación de la autorización otorgada.

El centro mencionado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos en que señala esta Resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 26 de agosto de 2014

 

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Joana Maria Camps Bosch