Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 15989
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado – Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con el Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en Materia de Tributos cedidos por el Estado.
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Contenido, oficial y auténtico, de la disposición:
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La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente Acuerdo:
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Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias en relación con la Disposición final primera del Decreto legislativo y los artículos: 11, 14, 17, 76, 77, 78, 79, 80, 85, 88, 89, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 del Texto Refundido del Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en Materia de Tributos Cedidos por el Estado.
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Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
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Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
15 de julio de 2014
Cristóbal Montoro Romero
MINISTRO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
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Antonio Gómez Pérez
VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO DE PRESIDENCIA
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