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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15672
Procedimiento ordinario 863/2011 sobre otras materias

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Texto

Doña Aurora Fructuoso Hernández, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Palma de Mallorca, por el presente

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En el presente procedimiento seguido a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros frente a Leonardo Ernesto Gordon Puga y frente a la entidad Liberty se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Juzgado Primera Instancia nº 14 Palma de Mallorca

SENTENCIA: 00048/2013

En la ciudad de Palma de Mallorca, a once de marzo de 2013

Vistos por Doña Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. del Juzgado de Primera Instancia número Catorce, de Palma de Mallorca, los presentes autos nº 863/11 de Juicio Ordinario, instados por el Consorcio de Compensación de Seguros y en su representación y defensa el Letrado del Estado Ssto. D. Juan Vidal i Mercadal, contra D. Leonardo Ernesto Gordon Puga y la entidad aseguradora Liberty Seguros Cia de Seguros y Reaseguros, y en su representación la Procuradora de los Tribunales Doña Monserrat Montané Ponce y en su defensa la Letrado Doña Margarita Oliver Arbós; se procede seguidamente a dictar la presente resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra D. Leonardo Ernesto Gordon Puga y debo declarar y declaro la responsabilidad del citado demandado en la causación del siniestro de autos y debo condenar y condeno al citado demandado D. Leonardo Ernesto Gordon Puga a que abone al Consorcio de Compensación de Seguros, la suma de 12.765,77 euros más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial. Y debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra la entidad aseguradora Liberty. Se hace expresa imposición de costas procesales causadas a D. Leonardo Ernesto Gordon Puga, a excepción de las causadas a la entidad aseguradora Liberty que son impuestas al Consorcio de Compensación de Seguros.

Contra esta Sentencia, cabe recurso de Apelación, de conformidad con el artículo 455 de la L.E.C. en el plazo de veinte días, ante este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncia, manda y firma Doña Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Palma de Mallorca.

Publicación: Dada, leída y publicada que ha sido esta sentencia, hallándose celebrando Audiencia Pública, la Señora Juez que la dictó.

Y encontrándose dicho demandado, Leonardo Ernesto Gordon Puga, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Palma de Mallorca, a once de marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL