Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 15937
Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Formentera y la Fundació Baleària con motivo de la celebración de la XII Fiesta Intercultural de Formentera
De Conformidad con lo previsto en el artículo 8, de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y por procedimiento administrativo común, a continuación se hace público el siguiente convenio:
Partes
Jaume Ferrer Ribas, presidente del Consejo insular de Formentera, quien actúa en nombre y representación del mismo, con C.I.F. nº P-0702400-C y con domicilio social en la plaza de la Constitución nº 1, de Sant Francesc Xavier, en virtud del Acto del Pleno del Consejo Insular de Formentera de fecha 11 de junio de 2011, y de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Formentera (ROC), la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
Ricard Pérez Ivars, mayor de edad, con DNI 73985592, y domicilio a efectos de comunicación en Estación Marítima de Baleària, 03700 Denia , en representación que ostenta como patrón delegado para este acto de la FUNDACIÓ BALEARIA, con CIF G-57213514, según lo que consta acreditado.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes
Cláusulas
El objeto de este convenio es la regulación de la ayuda económica que la FUNDACIÓ BALEARIA quiere dar al Consejo Insular de Formentera para la celebración de la XII FIESTA INTERCULTURAL DE FORMENTERA que tuvo lugar en Formentera, el día 6 de abril de 2014, así como la regulación de las obligaciones que ambas partes asumen.
La ayuda económica con la que colaborará la FUNDACIÓ BALEÁRIA será de 1.400,00 € (mil cuatrocientos euros) en concepto de patrocinio de la XII FIESTA INTERCULTURAL DE FORMENTERA.
Esta ayuda económica se hará efectiva, en el plazo de un mes, una vez firmado el convenio de patrocinio de la actividad mencionada anteriormente, mediante un ingreso en la cuenta corriente 2100 0187 11 0200000383 (entidad La Caixa) del Consejo Insular de Formentera.
El Consejo Insular de Formentera es compromete a utilizar la cantidad recibida en los gastos producidos en la organización de la citada fiesta.
La firma del convenio se realizará en un acto público en la Sede del Consejo Insular de Formentera, en el cual, este, se compromete a dar difusión al patrocinio realizado por la Fundació Baleària. Así mismo también se compromete a incluir el logo de la Fundació Baleària como entidad patrocinadora en los carteles o soporte publicitario que se haga de esta fiesta.
El periodo de vigencia del convenio será desde su firma hasta que se haga efectivo el abono de la cantidad acordada. Sin embargo, el convenio podrá ser rescindido como sanción al incumplimiento de los plazos acordados en el mismo, así como por incumplimiento de alguna de las partes de sus obligaciones.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 4.1.d del Texto Refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, este convenio queda excluido del ámbito de aplicación del Texto citado. De acuerdo con el artículo 3.2.II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones este convenio no está comprendido dentro del ámbito de aplicación de la Ley.
Finalmente y de acuerdo con la legislación vigente en materia de régimen local y normativa concordante, se decide la no necesidad de establecer una organización personificada para la gestión del convenio.
Como muestra de conformidad, firmamos este convenio en dos ejemplares.
El Presidente de Consejo Insular de Formentera En representación de la Fundación Balearia
Jaume Ferrer Ribas Ricard Pérez Ivars
Lo que se hace público para general conocimiento.
Formentera, 3 de septiembre del 2014
El presidente del Consejo Insular de Formentera
Jaume Ferrer Ribas