Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15935
Departamento de actividades y seguridad de los establecimientos. Notificación Decreto paralización expediente DA 2013/0392
En aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dado que no se ha conseguido notificar a través del servicio de correos, por ignorar-se el domicilio o no haberse encontrado en el mismo a las personas interesadas que se relacionan, el Decreto de Alcaldía núm. 8509 de fecha 20 de mayo de 2014 correspondiente al expediente de denuncia de actividad DA 2013/0392 se notifica por medio de este anuncio a la persona que se indica seguidamente, que se ha dictado el citado Decreto de paralización y clausura de la actividad.
El mencionado Decreto de paralización y clausura de la actividad se ha emitido siguiendo la regulación establecida en el artículo 123 de la Ley 16/2006, de 17 de octubre, de Régimen jurídico de las licencias integradas de actividad de las Illes Balears, en el cual se establece que el alcalde o la alcaldesa ha de ordenar, como medida cautelar, que no tiene el carácter de sanción, la paralización y clausura de las actividades que no tengan la licencia correspondiente una vez transcurrido el plazo de cinco días para realizar alegaciones.
El Decreto de paralización y clausura de la actividad se ha formulado en los siguientes términos:
1.ORDENAR a CESAR OLTRA PEREZ , titular/explotador de la actividad de CAFÉ CONCIERTO con nombre comercial CASAL POPULAR VOLTRO NEGRE llevada a cabo en la calle EIVISSA núm. 10 del término municipal de Palma, que paralice y clausure la actividad, ya que no dispone de título habilitante que posibilite su ejercicio.
2. ADVERTIR al promotor que en caso de que no cumpla la orden de paralización y clausura en el plazo de 48 horas, y de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 16/2006 de 17 de octubre, se llevará a cabo la ejecución forzosa de esta orden.
De acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, las personas interesadas disponen del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio, para poder interponer recurso potestativo de reposición. Transcurrido este plazo, únicamente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
El recurso potestativo de reposición se deberá presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su interposición. En este último caso, quedará expedita la vía contenciosa-administrativa.
En el caso de que no se utilice el recurso potestativo de reposición, se puede interpone directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de acuerdo con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
El expediente está a disposición de la persona interesada en el Servicio de Control de Actividades del Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos (Av. Gabriel Alomar 18, 2ª planta, Edificio Avenidas), de lunes a viernes, de 8.30 a 14.00 horas.
Número de expediente |
Titular/explotador de la actividad |
Actividad i situación |
Artículo |
DA 2013/0392 |
CESAR OLTRA PEREZ |
CAFÉ CONCIERTO |
123 de la Ley 16/2006 |
Palma, 2 de septiembre de 2014
La Jefa de Servicio del Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
Catalina M. Cunill Mascaró