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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 15884
Notificación RA 683/2014 Exp. 79/2013 MEDAMBSANCIO

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resultando la intenta de notificación sin éxito al Sr. CASTRILLON IDARRAGA, RICHARD ALEXANDER en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 683/2014 cuanto a la incoación del expediente núm. 000079/2013-MEDAMBSANCIO.

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

Son Servera, 5 de septiembre de 2014

El alcalde,
Antoni Servera Servera

"Decreto núm. 683/2014

Referencia: 000079/2013-MEDAMBSANCIO 08. Medio Ambiente

Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).

Vista la RB 25/2014 de 9 de enero de 2014, la cual resuelve entre otras iniciar el expediente sancionador contra el Sr. CASTRILLON IDARRAGA, Rich ALEXANDER, por las siguientes infracciones:

- Por tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia, hecho tipificado como muy grave de acuerdo con el artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

- Por dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su fuga o pérdida, hecho tipificado como grave de acuerdo con el artículo 13.2.d) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico

el cual fue notificado en fecha 27 de enero de 2014.

Resultando que dentro de los plazos establecidos no se presentaron alegaciones al inicio del expediente sancionador 79/2013 MEDAMBSANCIO.

Vista la RB 229/2014 de imposición de sanción de fecha 18 de febrero de 2014, mediante la que se aprueban los recibos núm. 351.642 y 351.643 por importe de 2.404,05 € y € 300,51, respectivamente.

Visto que en fecha 7 de mayo de 2014 el Sr. Richar Alexander Castrillón Idárraga presentó alegaciones a la imposición de la sanción mediante escrito con RGE 3332.

Visto el informe emitido por el Técnico de Administración General Guillermo Balaguer Mayol en fecha 23 de mayo de 2014 que concluye lo siguiente:

"2. cuanto a las alegaciones aducidas.

El artículo 3 de la Ley invocada establece que la tenencia de cualquier animal considerado potencialmente peligroso, requiere de la obtención previa de licencia administrativa.

El orden del Consejero de agricultura de fecha 21 de mayo de 1999 establece que la identificación de los animales deberá hacerse en el plazo de 3 meses a partir de la fecha de su nacimiento y como requisito previo a cualquier transacción.

No se justifica en las alegaciones presentadas que no se hubieran adoptado las medidas necesarias para evitar su fuga.

De acuerdo con la exposición de motivos de la Ley, las obligaciones recogidas en la misma y la tipificación de las infracciones que se indican, se encaminan a garantizar la seguridad de las personas que puede verse afectada por la tenencia de este tipo de animal peligroso que puede producir ataques a peatones por los factores genéticos de este tipo de perro.

Por lo que se propone la desestimación íntegra de las alegaciones."

Y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente.

RESUELVO,

Primero. Desestimar íntegramente las alegaciones.

Segundo. Notificar la presente resolución al interesado.

Son Servera, 29 de mayo de 2014

El Alcalde Presidente                                                   Don fe: El Secretario

Antoni Servera Servera                                               Antoni Gual Sureda"

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a. Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.