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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15421
Procedimiento Ordinario 186/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento  ORDINARIO DE CANTIDAD 186/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ADRIAN BRUN MOREIRA contra  la entidad BALEARS EXPRESSION SL, ADMINISTRADOR CONCURSAL DE LA EMPRESA DEMANDADA sobre ORDINARIO DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº  3

PALMA DE MALLORCA

Autos: 186/2012

   S E N T E N C I A   nº  284/2014

En Palma, a  30 de julio de 2014.

Vistos por mí, María Fernanda De Andrés Pardo, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Social número tres de Palma de Mallorca, los precedentes autos número 186/2012, seguidos a instancia de D. ADRIÁN BRUN MOREIRA frente a “BALEARS EXPRESSIÓ, S.L.”, sobre reclamación de cantidad, y en atención a los siguientes

F A L L O

Que, estimando la demanda de D. ADRIÁN BRUN MOREIRA frente a “BALEARS EXPRESSIÓ, S.L.” condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 1.632’25 € por los conceptos de la demanda, más los intereses que la misma devengue al tipo del 30%.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria  para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Ilma. Sra. Magistrada que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad demandada BALEARS EXPRESSIO, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a treinta de Julio de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL