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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 15721
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Validación del cambio de puntos de medida de los gases generados en el vaso 4 de la Autorización Ambiental Integrada del vertedero de Corral de en Serra, promovida por Tirme SA. (IPPC M04/2014).

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 10 de junio de 2014,

CONSIDERANDO

1.Que las obras de clausura del vaso 4 del vertedero de Corral den Serra implica cambios en la configuración del sistema de desgasificación del mismo y, por lo tanto, de los puntos de medida de los gases.

2.Que el condicionante 8.3.2. de la Autorización Ambiental Integrada del vertedero de Corral den Serra indica explícitamente cuáles son los puntos donde se tienen que medir los gases.

ACUERDA

La modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada en cuanto al cambio de los puntos de medida de los gases generados en el vaso 4 de la Autorización Ambiental Integrada del vertedero de Corral den Serra, con la modificación del condicionante 8.3.2 “Emisiones de biogás” que queda redactado de la siguiente tabla:

“8.3.2 Emisiones de biogás

1. Se tienen que realizar los controles periódicos de gases del vertedero antiguo (vasos 2 y 4) durante la fase de mantenimiento posterior a la clausura según la tabla siguiente:

Parámetro 1

Fase de mantenimiento

CH4, CO2, O2

Semestral

H2S, CO, H2,

caudal, presión atmosférica,  humedad temperatura

Anual

Comprobación eficacia sistema de extracción de gases

Semestral

 

1 Según los resultados se podrá modificar la frecuencia de la medida por periodos mayores.

2. Antes del primer control periódico, el titular presentará la descripción actualizada del sistema de desgasificación del vaso 2. En el vaso 4 se medirá a la antorcha, antes de la cremación de los gases, que recoge los gases de los 11 pozos de desgasificación, que también tendrán que disponer de punto de toma de muestra. Sólo se medirán los pozos de desgasificación en caso de no estar conectados a la antorcha.

3. En función de los resultados de los controles realizados, o en caso de recibir residuos con contenido de materia orgánica, se evaluará periódicamente la viabilidad del aprovechamiento energético del biogás frente a su combustión en una antorcha, de acuerdo con el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el cual se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.”

 

Palma, 31 de julio de 2014

 

El presidente de la CMAIB

 José Carlos Caballero Rubiato