Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15714
Sanidad.- Animales.- Expediente 159/14.- Notificación resolución
Por no haberse podido efectuar la preceptiva notificación en los domicilios que constan en los expedientes relacionados, no haber contestado a los avisos efectuados y no tener conocimiento de ningún otro donde llevarlos a cabo, por el presente Edicto se comunica a las personas que a continuación se relacionan, que se les ha notificado la siguiente resolución:
Al Sr. Daniel Serra Hervás, exp 159/14, resolución núm 7678 de 7/5/2014: “Sobreseer, con todos los pronunciamientos favorables a la parte denunciada, el expediente sancionador núm 159/14 del Departamento de Medio Ambiente, Sanidad y Consumo incoado al Sr. Daniel Serra Hervás por la presunta infracción lo que establecen los artículos 3, 2º b) y 91 2º e) del Decreto 59/1994 de 13 de mayo, de la conselleria de Agricultura y Pesca, Reglamento de la Ley 1/1992, de 8 de abril , de protección de los animales que viven en el entorno humano, y 51 y 81, categoría B) de la Ordenanza municipal para la inserción de los animales de compañía a la sociedad urbana día 19 de octubre de 2013 en la c/ Tous i Maroto 5 de Palma, por acreditarse falta de antijuridicidad por haberse retirado el animal de una vivienda urbana y en consecuencia, no consumarse el tipo normativo mencionado de aplicación”.
Al Sr. Daniel Serra Hervás, exp 159/14, resolución núm 7207 de 19/4/2014: “No acceder a la devolución del perro identificado con microchip 941000013538540, interesada a la petición y al otrosí digo I del escrito formulado con fecha 14 de abril de 2014 por el Sr. Daniel Serra Hervás, con DNI 43097118V, dado que en su momento decayó hacia sus derechos al respecto de él, de acuerdo con la normativa de aplicación”.
Dicha notificación se halla de manifiesto en las oficinas del Area delegada de Sanitat i Consum, a las a que pueden acudir para ser debidamente notificados e informados; plaza Santa Eulalia, 9, 4º, teléfono 971 225900 ext 1164, de lunes a viernes, de 09:30 a 13:30 horas.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa,, cabe interponer el recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente edicto. En este caso, no se pondrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso potestativo de reposición deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su presentación. En este caso quedará abierta la vía contencioso-administrativa.Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado contencioso-administrativo , el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto, esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere conveniente.
Lo que se hace público en cumplimento de lo que dispone el apartado 4rto. Del articulo 59 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Palma 5 de septiembre de 2014
LA JEFE DE DEPARTAMENTO
Rosa Llinàs Bosch