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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Núm. 15704
Notificación de la Resolución de la directora general de Comercio y Empresa de reintegro parcial de la subvención otorgada por la Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y visto que intentadas dos veces la notificación, no se ha podido efectuar, mediante este anuncio se notifica a las personas que se relacionan a continuación la Resolución de la directora general de Comercio y Empresa de reintegro parcial de la subvención otorgada mediante la Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo.

Exp.: AU 46/2011

Nombre: Ana María Socías Garau

Fecha de la Resolución: 11 de julio de 2014

Hecho que motiva el reintegro: suspender la actividad y darse de baja voluntaria en la Seguridad Social antes de los tres años desde el alta; como consecuencia, se ha incumplido la resolución de concesión y la convocatoria

Exp.: AU 240/2011

Nombre: Catalina Cabrer Amengual

Fecha de la Resolución: 11 de julio de 2014

Hecho que motiva el reintegro: suspender la actividad y darse de baja voluntaria en la Seguridad Social antes de los tres años desde el alta; como consecuencia, se ha incumplido la resolución de concesión y la convocatoria

Exp.: AU 248/2011

Nombre: Jaume Riera Oliver

Fecha de la Resolución: 11 de julio de 2014

Hecho que motiva el reintegro: suspender la actividad y darse de baja voluntaria en la Seguridad Social antes de los tres años desde el alta; como consecuencia, se ha incumplido la resolución de concesión y la convocatoria

Exp.: AU 564/2011

Nombre: Pedro Ignacio Pons Fernández

Fecha de la Resolución: 11 de julio de 2014

Hecho que motiva el reintegro: suspender la actividad y darse de baja voluntaria en la Seguridad Social antes de los tres años desde el alta; como consecuencia, se ha incumplido la resolución de concesión y la convocatoria

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en la Dirección General de Comercio y Empresa, plaza de Son Castelló, 1, 07009 Palma de Mallorca.

Se informa a las personas interesadas de que disponen para pagar de los siguientes plazos:

a) Desde la fecha de publicación de esta Resolución hasta el día 20 del mes siguiente o el día hábil siguiente si se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears entre los días 1 y 15 del mes.

b) Desde la fecha de publicación de esta Resolución hasta el día 5 del mes siguiente o el día hábil siguiente si se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears entre los días 16 y el último del mes.

Se comunica a las personas interesadas que pueden hacer el ingreso a nombre de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Consejería de Economía y Competitividad con el documento de ingreso que se encuentra en el anexo de esta Resolución en cualquiera de las entidades bancarias siguientes:

a) Caixa de Balears (“Sa Nostra”)

b) CaixaBank (“La Caixa”)

c) Banco de Crédito Balear (“Es Crèdit”)

d) Banca March

e) Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)

Las personas interesadas de que pueden solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Texto Refundido de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio.

La Resolución es ejecutiva, sin perjuicio de lo que establece el artículo 111 de la Ley 30/1992 en materia de suspensión. De lo contrario, se procederá a la exacción del importe de la deuda por la vía ejecutiva de apremio siguiendo el procedimiento establecido en el Reglamento General de Recaudación.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Comercio y Empresa en el plazo de un mes que se computará a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses que se computarán a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 26/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Palma de Mallorca, 5 de septiembre de 2014

La directora general de Comercio y Empresa
Lourdes Cardona Ribas