Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 15572
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Desechería de Calvià promovida por Calvià 2000 S.A., Calvià. (461i/13)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 09 de mayo de 2014,
CONSIDERANDO
1. Que se trata de una actividad de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos que se desarrolla en una instalación de titularidad municipal ubicada en una parcela en el polígono industrial de Son Bugadelles, concretamente en la calle Illes Balears núm. 31 en el término municipal de Calvià.
2. Que la actividad está destinada a la aportación de residuos domésticos separados en origen para los cuales no hay recogida específica generalizada. El acceso está permitido a los particulares residentes en el municipio de Calvià. Los residuos peligrosos sólo son recogidos por transportistas o gestores autorizados.
3. Que según el PGOU de Calvià la actividad se desarrolla en un espacio destinado a sistema general de comunicaciones e infraestructuras (SGCI).
4. Que según el PTI de Mallorca la zona donde se ubica la actividad es suelo urbano y urbanizable que presenta vulnerabilidad de acuíferos moderada.
5. Que la capacidad de almacenamiento de residuos peligrosos prevista es inferior a 100 toneladas, por lo cual el proyecto se encuentra incluido en el anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambientales y evaluaciones estratégicas ambientales de las Illes Balears.
6. Que no se prevé que pueda presentar efectos significativos sobre el medio ambiente una vez evaluados de acuerdo con los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 (y que son a) características del proyecto, dimensión, acumulación con otras, uso de recursos naturales, generación de residuos, contaminación y otros inconvenientes, riesgos de accidentes, b) la ubicación del proyecto, sensibilidad a las áreas geográficas afectadas, uso existente del suelo, la abundancia, calidad y la capacidad regenerativa de los recursos naturales de la zona, c) la capacidad de carga del medio natural especialmente zonas húmedas, zonas costas, las áreas de montaña, espacios naturales protegidos, y patrimonio cultural, y d) características del impacto potencial del proyecto).
7. Que se prevén medidas preventivas y de protección para minimizar los impactos al medio ambiente en el documento ambiental y en el Plan de Vigilancia Ambiental.
ACUERDA
No sujetar a Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto DESECHERÍA DE CALVIÀ PROMOVIDA POR CALVIÀ 2000 SA, TM CALVIÀ, con las medidas preventivas y protectoras del documento ambiental y del Plan de Vigilancia Ambiental, porque no se prevé que pueda presentar efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre.
Se recuerda:
a. Que en caso de que la capacidad de almacenamiento de residuos peligrosos superara las 100 toneladas, se tendrá que sujetar la actividad a evaluación de impacto ambiental (Anejo I) de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Baleares.
b. Que se tiene que obtener la correspondiente autorización del Servicio de Residuos.
Palma, 16 de junio de 2014
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato