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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15517
Sanidad.- Solares.- Expediente 171/12-S.- Notificación de resolución.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación al  siguiente  titular: Hipólito Ruiz Ruiz, en el domicilio que consta en el expediente nº  171/12 -S, no haber contestado a los avisos dejados, y/o no tener conocimiento de otro donde realizarlas, por el presente Edicto se comunica que en relación al expediente que se tramita en el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente como consecuencia  de anomalías sanitarias ubicadas en un solar de esta Ciudad;  esta Alcaldía,  mediante Decretos ha resuelto:

Decreto de Alcaldía nº 12482 de 11de juliol de 2014 , relativo al solar  ubicado en la C/ Gumersindo, 10 (ref. catastral: 9205.09), de Palma.  Exp. 171/12 - S.

1.- Ordenar a Hipólito Ruiz Ruiz, con NIF 13099538A, como titular del solar ubicado en la C/ Gumersindo, 10 (ref. catastral: 9205.09), de Palma, que en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la notificación del presente decreto, proceda a realizar su limpieza y saneamiento, por tal de eliminar las anomalías sanitarias comprobadas, así como mantenerlo en todo momento en las debidas condiciones higiénico -sanitarias, y libre de ratas e insectos –conforme a lo establecido en el artículo 22.3 de la vigente Ordenanza de Limpieza, Deshechos y Residuos Sólidos Urbanos (BOIB nº  78 de 03.06.2004,)-, por tal de evitar las anomalías sanitarias, que como las denunciadas, se puedan generar. 2.- Apercibir a Hipólito Ruiz Ruiz, en caso de que no cumpliera lo que se le ha ordenado en el plazo señalado, de la ejecución subsidiaria por parte de este Excmo. Ayuntamiento, siendo los gastos a cargo de los denunciados y siendo responsables de los daños y perjuicios que pudieran producirse. 3.- Comunicar por escrito a este Ayuntamiento de la fecha de subsanación de las deficiencias observadas, al bojeto de la oportuna  comprobación.

Contra esta resolución,  que  pone fin a la vía administrativa cabe interponer con carácter potestativo,  recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la articulo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación no pudiendo en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá  presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las Dependencias a que se refiere el artículo 38-4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el termino de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

  

Palma, a 5 / septiembre / 2014.

  

LA JEFE DE DEPARTAMENTO

Rosa Llinás Bosch