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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 14594
Notificación por edictos a los efectos del art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de RJ-PAC de la solicitud de la CA en el ofici de herrero (Exp. 823)

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Texto

Notificación por edictos a los efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común de la solicitud de la Carta de Artesano en el oficio de herrero (Exp. 823) del Sr. Milen Dimitrov Georgiev

En conformidad con el que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede mediante esta publicación a la formal notificación por edictos de la solicitud de la Carta d de la Carta de Artesano en el oficio de herrero (Exp. 823) al Sr. Milen Dimitrov Georgiev

“Asunto: Solicitud de la Carta de Artesano en el oficio de herrero.

 Exp. 823

El 6 de abril de 2009, con el número de registro 17395/2009, el Sr. Dimitrov presentó una solicitud para la obtención de la carta de artesano en el oficio de herrero.

El 6 de mayo de 2009 (NRE 18321/2009) se le comunicó que la documentación presentada se consideraba completa y que en un corto espacio de tiempo se le practicaría una visita en su taller con el fin de realizar la prueba práctica.

Posteriormente el 14 de julio de 2010 (NRS 16128), el Consejo Insular de Mallorca reiteró el oficio más arriba mencionado sin que conste dentro del expediente que el Sr. Dimitrov se pusiera en contacto con esta administración.

Finalmente, el día 29-11-2010, se le hizo una llamada telefónica recordándole la necesidad de hacer la prueba práctica para poder continuar con la tramitación del expediente, y posteriormente concederle, en su caso, la carta de artesano, explicó que había cerrado su taller por motivo  de la crisis y que ahora trabajaba por cuenta ajena  en un trabajo diferente por lo que no podía realizar  la prueba práctica.

En este momento procesal, y visto el tiempo transcurrido sin que el Sr. Dimitrov se haya puesto en contacto con esta administración para mirar de realizar la prueba práctica, se le comunica que si en el plazo máximo de 3 meses, contadores a partir del día siguiente de la recepción de la presente, no se pone en contacto con la Sección de Artesanía del CIM, bien personalmente, presentándose en nuestras oficinas situadas en la plaza del Hospital, núm. 4 de Palma, o bien por vía telefónica en los números 971 219736 o 971219734, con el fin de poder programar una visita en su taller para la realización de la prueba práctica, procederemos en la declaración de la caducidad del procedimiento, y en consecuencia archivaremos vuestra solicitud, en conformidad con el establecido en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJ-PAC.”

 

Palma, 23 de julio de 2014

  

El Vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes.

Joan Rotger Seguí