Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15342
Juicio de faltas 981/2013
En virtud de lo acordado en el presente procedimiento, remito a V.E. la presente CERTIFICACION DE SENTENCIA para su inserción en el BOLETÍN OFICIOAL DE LA C.A.I.B.
SENTENCIA 184/2014
En PALMA DE MALLORCA a catorce de Agosto de dos mil catorce.
D. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 981/2013, seguida por una falta de LESIONES POR IMPRUDENCIA contra Dª. ELLISON MENDOZA PENA, no habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal.
FALLO
DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª. ELLISON MENDOZA PENA, como autora responsable de una falta de LESIONES POR IMPRUDENCIA a la pena de 30 días multa a razón de 9 euros diários y que indemnice a Dª. MARIA ESMERALDA RAMOS CAPÓ, en la cantidad total de 6.082,84 euros por las lesiones sufridas, 10% de factor corrector y 1 punto de secuela y que indemnice a Dª MARIA ROSA CAPO MUÑOZ, en la cantidad de 2.535 euros y al pago de las costas procesales; declarándose la Responsabilidad Civil Subsidiaria de la entidad PROA RENT A CAR y la Responsabilidad Civil Directa de la entidad aseguradora AXA. Todo ello con los intereses del art. 20 de la L.C.S. para la compañía aseguradora AXA.
En caso de impago de la multa la Sra. Mendoza Pena queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a ELLISON MENDOZA PENA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 19 DE AGOSTO DE 2014.
EL/LA SECRETARIO