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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 15255
Notificación RA 878/2014 Expediente 13/2014 VEHICLESRSU

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resultando el intento de notificación sin éxito a la Sra. María de los Ángeles Sierra Aguado en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 878/2014 en cuanto a la incoación del expediente núm. 000013/2014-VEHICLESRSU.

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

Son Servera, 8 de abril de 2014

 

El alcalde,

Antoni Servera Servera

"Decreto núm. 878/2014

Referencia: 000013/2014-VEHICLESRSU 08. Medio Ambiente

Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).

Vista el acta de detección de presunto vehículo abandonado emitida en fecha 6 de abril de 2014 por el agente A510048 de la Policía Local de Son Servera, en la que se especifica que se trata de un vehículo con matrícula IB6111DB, marca FORD, modelo FIESTA, con núm. de bastidor WF0AXXGAJAWA4925749257, de color GRIS y que inicia el expediente para permanecer estacionado en el mismo lugar de la vía pública por un periodo superior a un mes y presentar desperfectos evidentes que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios y que el vehículo se encuentra en C / Mestral de Cala Bona-Son Servera (Islas Baleares). Los desperfectos que se aprecian en el vehículo son los siguientes: ruedas desinfladas, no tiene ITV ni SOA. Asimismo, se especifica que en fecha 6 de abril de 2014 se colocan la pegatinas de supuesto vehículo abandonado y que el titular del vehículo es Sra. María de los Ángeles Sierra Aguado.

Vista el acta de comprobación de presunto vehículo abandonado emitida en fecha 12 de mayo de 2014 por el agente A510021 de la Policía Local de Son Servera, en la que se especifica que el vehículo con matrícula IB6111DB continúa en el mismo lugar con los mismos síntomas de abandono.

Visto el artículo 86 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, mediante el que se aprueba el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Dado que el artículo 4.1 del RD 1383/2002 establece que todos los vehículos deberán descontaminarse al final de su vida útil, antes de ser sometidos a cualquier otro tratamiento. Y que a tal efecto, el titular de un vehículo que tenga que desprenderse del mismo queda obligado a entregarlo a un centro autorizado de tratamiento.

Dado los artículos 46.2.c), 46.4.b) y 47.1.c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la normativa vigente.

RESUELVO,

1º. Iniciar el expediente por presunto vehículo abandonado.

2º. Requerir a la Sra. María de los Ángeles Sierra Aguado, titular del vehículo con matricula IB6111DB, para que en el plazo de un mes desde la recepción de la presente resolución proceda a la retirada del citado vehículo de la vía pública.

3º. Advertir a la Sra. María de los Ángeles Sierra Aguado, que en caso de no retirarlo en el plazo establecido se procederá a trasladarlo a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su destrucción y descontaminación o bien se adjudicará el servicio de vigilancia y control del tráfico de este Ayuntamiento y se podrá proceder a iniciar el expediente sancionador por el abandono de un residuo peligroso en la vía pública, lo que puede ser sancionado con multa hasta 9.000 € de acuerdo con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

4º. Notificar la presente resolución a la persona interesada.

Son Servera, 9 de julio de 2014

El Alcalde Presidente                                                                                              Don fe: El Secretario

Antoni Servera Servera                                                                                          Antoni Gual Sureda"

Contra el presente requerimiento no puede interponer ningún recurso, si bien pueden presentar  alegaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

Son Servera, 26 de agosto de 2014