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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES

Núm. 15116
Notificación Expediente Incompleto embarcación "SA GAVINA TERCERO" Ref. EI-44/14

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

A los efectos del punto 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27.11.92), y por no haber dado razón en el domicilio conocido de D. José Mulet Contestí, propietario de la embarcación “SA GAVINA TERCERO”, matrícula 7-PM-1-844-91, puesto de atraque número 187, Pantalán “R”, de Ca´n Barbarà en el Puerto de Palma, en el Expediente Incompleto Ref: EI-44/14, se le notifica lo siguiente:

“Con fecha 30 de marzo de 2010 le fue autorizado el uso de un puesto de atraque en CA’N BARBARÁ, pantalán R, amarre nº 187  del Puerto de Palma, para la embarcación denominada  “SA GAVINA TERCERO”, matrícula 7-PM-1-884-91, tipo lancha, de eslora 5,3 m, manga 2 m y calado 1,10 m.

El Capítulo II, apartado “Documentación y requisitos” de “Normas para la autorización y uso de un puesto de amarre de base para embarcaciones de recreo no profesionales, en instalaciones gestionadas directamente por la Autoridad Portuaria de Baleares”, establece la documentación a presentar y requisitos a acreditar.

Se ha procedido a realizar el cotejo de la documentación que figura en su expediente de autorización, observando que debe de actualizar la siguiente documentación y/o reunir los siguientes requisitos:

- Fotocopia y original del Título de Propiedad. 

- Fotocopia y original del Documento de domiciliación bancaria. SEPA)

- Fotocopia y original del seguro obligatorio para embarcaciones de recreo o deportivas (R.D.607/1999)

Visto lo anteriormente expuesto, y atendiendo a las instrucciones para la autorización de uso de puesto de atraque en gestión directa por parte de esta Autoridad Portuaria de Baleares, y en virtud de los dispuesto en el art. 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-92), se le concede un plazo de DIEZ DÍAS a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, para acudir a las Oficinas de la Autoridad Portuaria de Baleares sitas en el Puerto de Palma (Moll Vell, 5, planta baja de lunes a viernes de 09.00 horas a 14.00 horas), para que aporte la documentación y acredite reunir los requisitos indicados.

Expresamente se le advierte que, si una vez finalizado dicho plazo, no se hubiera dado cumplimiento a este trámite, aportando la documentación o la acreditación de la tenencia de los requisitos solicitados, se le entenderá decaído en su derecho a la utilización de instalaciones portuarias, pudiendo esta Autoridad Portuaria proceder a la retirada y traslado de la embarcación, todo ello sin perjuicio del devengo de las tarifas/tasas, gastos y sanciones que puedan proceder por infracción al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el R.D. Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre”

   

Palma de Mallorca, a 19 de agosto de 2014

  

El Director

Juan Carlos Plaza Plaza