Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 14971
Delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y del artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, se publica el siguiente acuerdo de delegación:

Según consta en el acta del Pleno extraordinario urgente de fecha 12 de agosto de 2014, por motivos de urgencia en la tramitación, se ha aprobado la delegación en la Junta de gobierno local de la adjudicación provisional y definitiva de la contratación de las obras relativas a la “Sustitución de red de agua potable y nuevo pavimento asfáltico en el municipio de Búger”, mediante procedimiento abierto y tramitación urgente.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer alternativamente, los recursos siguientes:

  1. Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
  2. El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

 Búger, 25 de agosto de 2014

 El Alcalde,
Bartomeu Alemany Bennàssar