Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 14946
Notificación RA 877/2014 Expediente 12/2014 VEHICLESRSU
Resultando el intento de notificación sin éxito a la Sra. Yvonne Agnes Luise Brandscheit en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 877/2014 cuanto a la incoación del expediente núm. 000012/2014-VEHICLESRSU.
Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.
Son Servera, 8 de abril de 2014
El alcalde,
Antoni Servera Servera
"Decreto núm. 877/2014
Referencia: 000012/2014-VEHICLESRSU 08. Medio Ambiente
Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).
Vista el acta de detección de presunto vehículo abandonado emitida en fecha 22 de marzo de 2014, por el agente A510021 de la Policía Local de Son Servera, en la que se especifica que se trata de un vehículo con matrícula IB2763CN, marca FIAT, núm. de bastidor ZFA17600004468848, modelo PUNTO de color BLANCO y que inicia el expediente por permanecer estacionado en el mismo lugar de la vía pública por un periodo superior a un mes y presentar desperfectos evidentes que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios y que el vehículo se encuentra en la calle Formentera, de Son Servera (Islas Baleares). Los desperfectos que se aprecian en el vehículo son los siguientes: no tiene SOA ni ITV y tiene las ruedas desinfladas. Asimismo, se especifica que en fecha 22 de marzo de 2014 se colocan la pegatina de supuesto vehículo abandonado y que el titular del vehículo es la Sra. Yvonne Agnes Luise Brandscheit.
Vista el acta de comprobación de presunto vehículo abandonado emitida en fecha 22 de abril de 2014 por el agente A510021 de la policía local de Son Servera, en la que se especifica que el vehículo con matrícula IB2763CN continúa en el mismo lugar con los mismos síntomas de abandono.
Visto el artículo 86 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, mediante el que se aprueba el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Dado que el artículo 4.1 del RD 1383/2002 establece que todos los vehículos deberán descontaminarse al final de su vida útil, antes de ser sometidos a cualquier otro tratamiento. Y que a tal efecto, el titular de un vehículo que tenga que desprenderse del mismo queda obligado a entregarlo a un centro autorizado de tratamiento.
Dado los artículos 46.2.c), 46.4.b) y 47.1.c) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Y de acuerdo con las atribuciones que me confiere la normativa vigente.
Resuelvo,
1º. Iniciar el expediente por presunto vehículo abandonado.
2º. Requerir a la Sra. Yvonne Agnes Luise Brandscheit, titular del vehículo con matricula IB2763CN, para que en el plazo de un mes desde la recepción de la presente resolución proceda a la retirada del citado vehículo de la vía pública.
3º. Advertir a la Sra. Yvonne Agnes Luise Brandscheit, que en caso de no retirarlo en el plazo establecido se procederá a trasladarlo a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su destrucción y descontaminación o bien se adjudicará el servicio de vigilancia y control del tráfico de este Ayuntamiento y se podrá proceder a iniciar el expediente sancionador por el abandono de un residuo peligroso en la vía pública, lo que puede ser sancionado con multa hasta 9.000 € de acuerdo con la Ley 22/2011 , de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
4º. Notificar la presente resolución a la persona interesada.
Son Servera, 9 de julio de 2014
El Alcalde Presidente Don fe: El Secretario
Antoni Servera Servera Antoni Gual Sureda"
Contra el presente requerimiento no puede interponer ningún recurso, si bien se pueden presentar alegaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.