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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 14936
Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del SOIB, por la cual se amplía el crédito asignado a la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, de 9 de noviembre de 2011, por la cual se abre la convocatoria de subvenciones públicas para programas específicos de formación dirigidos a los colectivos vulnerables hacia el mercado laboral, y para la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, discapacitado y conciliación, para el periodo 2011-2012 (BOIB núm. 174 Ext., de 21de noviembre)

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Texto

Mediante la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, de 9 de noviembre de 2011, se abre la convocatoria de subvenciones públicas para programas específicos de formación dirigidos a los colectivos  vulnerables hacia el mercado laboral, y para la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, discapacitado y conciliación, por el periodo 2011-2012, (BOIB núm. 174 Ext., de 21de noviembre).

De acuerdo con el anexo II de la Resolución de convocatoria mencionada, las personas desocupadas que participen en programas específicos de formación para colectivos  vulnerables hacia el mercado laboral aprobados en el marco de esta convocatoria pueden disfrutar de ayudas de transporte, manutención y alojamiento, así como también de becas, cuando se trate de personas con discapacitado desocupadas, y ayudas de conciliación regulados a los artículos 25, 26 y 27 del Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.

De acuerdo con el dispositivo 4rt b) del anexo Y de la Resolución de convocatoria mencionada, el crédito asignado inicialmente para la concesión de las ayudas y becas es de 175.000,00 €, distribuidos de la manera siguiente, para el año 2012 es de 115.000,00 euros, y para el año 2013 de 60.000,00 €.

Mediante la resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del SOIB, de 28 de mayo de 2013 (BOIB núm 81, de 6 de junio) se amplió el crédito asignado inicialmente para la concesión de las ayudas y becas de la citada convocatoria por un importe de 120.000,00 €.

Sin embargo, el importe total de las ayudas solicitadas, supera la cantidad inicialmente presupuestada para el ejercicio 2013, anteriormente mencionada, por lo cual, se considera necesario ampliar el importe en cincuenta mil euros (50.000,00 €).

Con esta ampliación el crédito total asignado a la concesión de las ayudas y becas por esta convocatoria es de trescientos cuarenta y cinco mil euros (345.000,00 €) y el crédito total asignado a la misma es de dos millones novecientos setenta mil euros (2.970.000,00 €).

La Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), modificada por la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2010, prevé que la finalidad del SOIB es la planificación, la gestión y la coordinación de las políticas de ocupación, con funciones concretas de información, de orientación y de intermediación en el mercado laboral, como también el fomento de la ocupación en todas sus vertientes y el desarrollo de la formación profesional para la ocupación.

El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000, dispone que este Servicio queda adscrito a la consejería competente en materia de educación

Dado que el Decreto legislativo 2/2005, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, en el artículo 15.2.b) establece que el acto de la convocatoria tiene que contener el importe máximo que se destina a la convocatoria y los créditos presupuestarios a los cuales se imputa.

La ampliación de crédito es conforme con el Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo (BOE núm. 67, de 18 de marzo), que despliega el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, con el establecimiento de las bases reguladoras para conceder subvenciones públicas destinadas a la financiación de la formación.

Por todo esto, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

Primero. Ampliar en cincuenta mil euros (50.000,00 €) el crédito asignado a la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, de 9 de noviembre de 2011, por la cual se abre la convocatoria de subvenciones públicas para programas específicos de formación dirigidos a los colectivos  vulnerables hacia el mercado laboral, y para la presentación de solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, discapacitado y conciliación, para el periodo 2011-2012 (BOIB núm. 174 Ext., de 21 de noviembre), con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que a continuación se indica:

- 76101.322D03.48015.00.19205........................ 50.000,00 €

Segundo. Con esta ampliación el crédito total asignado a la concesión de las ayudas y becas para esta convocatoria es de trescientos cuarenta y cinco mil euros (345.000,00 €) y el crédito total asignado a la misma es de dos millones novecientos setenta mil euros (2.970.000,00 €).

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empezará a tener efectos el día siguiente de haberse publicado.

  

Palma, 24 de julio de 2014

La Consejera de Educación, Cultura y Universidades,
Presidenta del SOIB
Por delegación de competencia
(Resolución de 7 de mayo de 2013,
BOIB núm. 73 de 23 de mayo)
La directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares
Francisca Ramis Pons