Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 14935
Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 25 de agosto de 2014, de modificación de la Resolución del consejero de Economía y Competitividad de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería
Antecedentes
1. Con la aprobación del Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno de las Illes Balears y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (publicados en el BOIB núm. 60, de 2 de mayo), se modifica sustancialmente la estructura orgánica vigente hasta ahora. En concreto, y entre otras consejerías afectadas, la anterior Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo se desglosó en dos consejerías, a saber, la consejería de Hacienda y Presupuestos y la Consejería de Economía y Competitividad. En este sentido, la Consejería de Economía y Competitividad se estructura, en esencia, en las direcciones generales de Economía y Estadística; de Comercio y Empresa; de Industria y Energía; de Innovación y Desarrollo Tecnológico, y de Trabajo y Salud Laboral, y el resto de direcciones generales de la anterior Vicepresidencia Económica, esto es, las direcciones generales de Presupuestos y Financiación, y del Tesoro y Política Financiera, se integran en la nueva Consejería de Hacienda y Presupuestos.
2. Por ello, el Consejero de Economía y Competitividad dictó el 13 de mayo de 2013 la Resolución de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería que se publicó en el BOIB núm. 70, de 18 de mayo.
3. El Decreto 35/2014, de 1 de agosto, mediante el que se regulan la jornada y los horarios general y especiales del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears representado en la Mesa Sectorial de Servicios Generales (BOIB núm.,104, de 2 de agosto) fija y regula los horarios especiales de determinados colectivos que ejercen la actividad laboral o profesional en circunstancias especiales otorgando unas competencias a los órganos directivos de las consejerías
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 13, 16 y 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Los artículos 25, 31, 32 y 42.c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 35/2014, de 1 de agosto, mediante el que se regulan la jornada y los horarios general y especiales del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears representado en la Mesa Sectorial de Servicios Generales
Por todo ello, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
Primero.
Modificar la Resolución de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería, de 13 de mayo de 2013, publicada en el BOIB núm. 70 de 18 de mayo de 2013, en el sentido siguiente:
Se añade el apartado sexto a la letra c) del punto 1, con la redacción siguiente:
6º. Las competencias previstas en el Decreto 35/2014, de 1 de agosto.
Segundo.
Disponer que esta Resolución produzca efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 25 de agosto de 2014
El consejero de Economía y Competitividad
Joaquín García Martínez