Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 14717
Concesión de subvenciones dirigidas a casas regionales, asociaciones de inmigrantes y otras asociaciones sin ánimo de lucro, para el año 2014, a la Isla de Formentera
La Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión que tuvo lugar el pasado 18 de julio del 2014, adopta, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.- Conceder las subvenciones dirigidas a casas regionales, asociaciones de inmigrantes y otras asociaciones sin ánimo de lucro a la isla de Formentera, para el año 2014. (BOIB núm. 57, del 26-04-2014), en base al informe propuesto por la Comisión Técnica Evaluadora sobre la concesión de subvenciones dirigidas a casas regionales, asociaciones de inmigrantes y otras asociaciones sin ánimo de lucro a la isla de Formentera, para el año 2014, en fecha 4 de julio del 2014, que ascienden a un total de 10.835,24€ (diez mil ochocientos treinta y cinco con veinticuatro céntimos de euro), de conformidad con lo que establece el capítulo II de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con la relación siguiente:
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Asociación Cultural Andaluza de Formentera |
Associació de la Festa Intercultural de Formentera |
Asociación al Magreb por la Integración |
Casa Extremeña de Ibiza y Formentera |
Puntos obtenidos |
35/42 |
32/42 |
28/42 |
27/42 |
Coste total del proyecto |
5.200,00 € |
15.100,00 € |
540,37 € |
3.850,00 € |
Cuantia solicitada |
4.160,00 € |
4.000,00 € |
432,00 € |
3.200,00 € |
Cuantia subvencionable segun puntos obtenidos |
4.333,33 € |
11.504,76 € |
360,24 € |
2.475 € |
% Subvencionable del proyecto según puntos obtenidos |
83,3% |
76,19% |
66,66% |
64,28% |
Propuesta de cuantia a otorgar |
4.000,00 € |
4.000,00 € |
360,24 € |
2.475,00 € |
% subvencionado del coste total del proyecto |
76,90% |
26,50% |
66,66% |
64,28% |
Segundo. - Aprobar el gasto con cargo a la partida 2014/1/231/480.00/01 del año 2014 de los presupuestos generales del Consejo Insular de Formentera.
Tercero. – Notificar el presente acuerdo a las partes interesadas y hacerlo público en el tablón de anuncios de este Consejo Insular, en la página web y en el BOIB”.
Este acto pone fin a la vía administrativa, contra el cual podréis interponer potestativamente recurso de reposición en el término de un mes delante de la misma Comisión, o directamente recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el término de dos meses contados a partir del día seguiente en que tenga lugar la presente notificación.
Todo esto en conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las adminsitraciones públicas y del procedimiento administrativo común en relación al artículo 8 de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
No se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se halla resuelto expresamente o se halla producido la desestimación presunta del recurso de resposición interpuesto.
Podréis interponer cualquier otro recurso que consideréis oportuno.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Formentera, 12 de agosto del 2014.
El Vicepresidente primero y Presidente en funciones del Consejo Insular de Formentera.
Santiago Juan Juan