Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 14694
Notificación del requerimiento de subsanación de deficiencias en relación al expediente 101/2014/P correspondiente a la solicitud de subvención presentada por el Club Bàdminton Pitius para los desplazamientos de los deportistas a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla
Dado que no ha sido posible notificar el requerimiento de subsanación de deficiencias sobre el expediente 101/2014/P, relativo a la solicitud de subvención para desplazamientos a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, presentada el día 14 de marzo de 2014 por el Club Bádminton Pitius, con CIF G57407108, correspondiente a la convocatoria publicada mediante la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de día 30 de diciembre de 2013 (BOIB núm. 9, de 18/01/2014), en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede a su notificación y se hace constar que:
El 7 de mayo de 2014 la Jefe de Sección III dictó el siguiente requerimiento de subsanación de deficiencias:
“Revisada la solicitud de subvención presentada en el Registro de la Consejería de Turismo y Deportes el día 14 de marzo de 2014, correspondiente a los desplazamientos que hicieron el dia 1 de marzo de 2014 a Medina-Madrid para participar en el Campeonato Master Nacional modalidad individual categoría absoluta, en relación a la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de día 30 de diciembre de 2013 por la que se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Illes Balears para facilitarles los desplazamientos a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos (BOIB núm.: 9, de 18/01/2014), se han detectado las deficiencias de documentación que se señalan a continuación:
Por lo que le requerimos para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día de recepción de este escrito, subsane las deficiencias.
Según dispone el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) en el caso de que en el plazo de 10 días no presente la documentación requerida, se considerará que desiste de su petición, previa resolución correspondiente que se dictará en los términos previstos en el articulo 42 de la citada Ley.”
Palma, 13 / 08 / 2014
El Director General de Deportes
Javier Morente López