Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 7 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 14096
Juicio de faltas 722/2013
DÑA. BEGOÑA TEJERO LAORDEN, SECRETARIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 007 DE PALMA DE MALLORCA,
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio de Faltas 722/2013 se ha dictado la presente sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a JOSÉ SOMOZA AMATE como autor de una falta de amenazas del artículo 620.2 Código Penal, a la pena de multa de 20 días a razón de una cuota diaria de seis euros lo que hace un total de 120 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, así como a abonar al denunciante, la cantidad de 200 euros en concepto de indemnización por daño moral, derivada de la falta más los intereses devengados por aquella cantidad con arreglo al artículo 576 de la LEC, todo ello con imposición de costas.
NOTIFÍQUESE la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes personadas haciéndoles saber que la misma no es firme y que cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante este Juzgado en el plazo de los CINCO DÍAS siguientes al de su notificación para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Baleares.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a JOSÉ SOMOZA AMATE actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma, expido la presente en Palma de Mallorca a 18 de julio de 2014.