Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 14461
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, por la que se adjudican los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2013-14
Antecedentes
1. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2013-14 (BOIB núm. 55, de 22 de abril de 2014) convoca a los alumnos que en el curso 2013-14 han finalizado los estudios de bachillerato con una nota media igual o superior a 8,75 a realizar una prueba para obtener Premio Extraordinario de Bachillerato. La convocatoria establece hasta seis premios extraordinarios, atendiendo a la matrícula de segundo curso en el año escolar 2013-2014.
2. El día 19 de junio se realizó la prueba a la cual se presentaron 141 alumnos.
3. El día 18 de julio el tribunal propuso para la obtención de los premios a los seis alumnos con mejor calificación en la prueba realizada.
4. Vista la propuesta consecuente elevada por la directora general de Ordenación, Innovación y Formación Profesional y de acuerdo con el apartado 2 del punto 16 de la Resolución de la convocatoria, dicto la siguiente
Resolución
1. Adjudicar los Premios Extraordinarios de Bachillerato, correspondientes al curso 2013-14, a los siguientes alumnos, relacionados por orden de mayor a menor puntuación obtenida:
2. Esta distinción ha de ser anotada en el expediente académico y en el historial académico del alumno que ha obtenido el Premio Extraordinario, por el secretario del centro donde ha finalizado los estudios de bachillerato.
3. De la obtención de este premio se derivan los siguientes beneficios:
a) Optar, previa inscripción, a Premio Nacional de Bachillerato.
b) Disfrutar de exención total de pago de los precios públicos por servicios académicos en el primer curso de estudios superiores en centro público del ámbito territorial de las Illes Balears
c) Recibir de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades una ayuda por un importe de 610,00 €, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución de la convocatoria.
Esta Resolución tendrá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Contra esta Resolución —que pone fin a la vía administrativa— puede interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el término de un mes contador desde la fecha de publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el término de dos meses contadores desde la fecha de publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 23 de julio de 2014.
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch