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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 14449
Resolución de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, de 30 de julio de 2014, relativa a la concesión de la subvención de la convocatoria de subvenciones 2014 para las actividades musicales de las entidades asociativas o organizativas sin ánimo de lucro

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Texto

El vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes ha dictado, el 30 de julio de 2014, la resolución que transcribo, literalmente, a continuación:

“Resolución

Antecedentes

1. La Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca aprobó, el 24 de marzo de este año, la convocatoria de subvenciones 2014 para dar soporte a las actividades musicales promovidas por las entidades asociativas sin ánimo de lucro.

2. La comisión evaluadora, reunida el 4 de julio de 2014, emitió el informe que, de acuerdo con las bases de la convocatoria, sirve de base para elaborar la propuesta de resolución definitiva.

3. El órgano instructor de la convocatoria, ha emitido el informe sobre el cumplido de los requisitos de la convocatoria por parte de las entidades beneficiarias propuestas por la comisión evaluadora.

4. El crédito presupuestario adecuado y suficiente para conceder las subvenciones propuestas queda acreditado en la partida presupuestaria 20.33430.48915, según la RC con el número de referencia 22014/2195, por un importe de 50.000,00 €.

5. El Servicio Jurídico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes ha elaborado el informe favorable sobre los aspectos jurídicos de esta propuesta.

6. El secretario técnico, órgano instructor de la convocatoria señalada, propuso la resolución de la convocatoria en los términos recogidos en esta resolución.

7. La Intervención General la ha fiscalizado de conformidad.

Fundamentos

1. La base decimocuarta de la convocatoria dice que la comisión evaluadora se constituye para estudiar y evaluar las solicitudes y para fijar el importe de las subvenciones.

2. La base octava de la convocatoria, en el segundo párrafo, determina que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia competitiva. "No obstante, no hay que establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnen los requisitos de la convocatoria, mediante la aplicación de los criterios de la base decimotercera, cuando el crédito presupuestario sea suficiente para satisfacerlas."

3. La base octava, en el cuarto párrafo, establece que el órgano instructor de la convocatoria es el encargado de dictar la propuesta de resolución y el vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes el encargado de resolverla.

4. La base octava establece, igualmente en el cuarto párrafo, que la propuesta de resolución tiene que incluir los criterios que determinan la fecha de ejecución de los proyectos subvencionados.

En virtud de todo lo que he expuesto y, de acuerdo con el apartado g) del artículo 2 del Decreto de organización del Consell de Mallorca.

 

RESUELVO

1. Excluir, de acuerdo con las bases segunda y tercera de la convocatoria, las solicitudes que se detallan al anexo 2 por los motivos que se recogen, dado que estos proyectos no cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria.

2. Aceptar la renuncia presentada por la entidad Associació Balear per a la integració de cultures (ABICA), con CIF G57696429, para llevar a cabo el proyecto "Colònies musicals".

3. Conceder a las entidades que se detallan al anexo 1 la cantidad de 50.000,00 € y disponer el gasto a favor suyo, con cargo en la partida presupuestaria 20.33430.48915 (RC núm. de referencia 22014/2195), de acuerdo con las bases de la convocatoria.

4. Fijar como criterio para determinar la fecha de ejecución de los proyecto culturales subvencionados, de acuerdo con la base octava de la convocatoria, la fecha del último concierto de los proyectos subvencionados en el anexo 1 que, en cualquier caso, no puede ir más allá del 31 de agosto de 2014, de acuerdo con la temporalitzación establecida en la base segunda de la convocatoria.

5. Denegar, de acuerdo la base segunda de la convocatoria, la solicitud de l’Associació de Saxofonistes de las Illes Balears, con CIF G57647109, para llevar a cabo el proyecto "Saxòfons a la tardor, Festival 2013," ya que se puede subvencionar, como máximo, 1 proyecto cultural de entre los que presente, en su caso, la entidad solicitante, teniendo en cuenta que, de acuerdo con la base octava, tiene que ser aquél que haya obtenido la mejor puntuación.

6. Ordenar la publicación en el BOIB.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consell de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de altura, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de alzada.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante, se puede presentar cualquier otro recurso que sea pertinente. Todo, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley  4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Lo cual se publica para el general conocimiento.”

Palma, 30 de julio de 2014

El secretario técnico por delegación
(Decreto de 15 de mayo de 2013, BOIB núm. 74, de 25 de mayo)

José Carrillo Martínez

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2014 PARA LAS ACTIVIDADES MUSICALES DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

ANEXO 1

ENTIDAD

CIF

PROYECTO

PRESUPUESTO TOTAL

PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE

PUNTUACIÓN TOTAL

CANTIDAD DEFINITIVA

ASSOCIACIÓ MÚSICA I JOVES

G07605140

19è Festival de Música Clàssica d’Hivern

33.500,74€

33.500,74

71

12.000,00€

ASSOCIACIÓ SOCIO-CULTURAL I EDUCATIVA SECRETS BCN

G65491920

Festival Simfonic

12.450,00€

11.250,00

71

6.000,00€

ASSOCIACIÓ ACADÈMIA 1830

G57766032

Temporada Concerts Acadèmia 1830

8.294,44€

8.294,44

57

2.600,00€

ASSOCIACIÓ DE SAXOFONISTES DE LES ILLES BALEARS

G57647109

VI Mallorca Saxophone Festival-200años del nacimiento de Adolphe Sax

28.148,50€

28.148,50

54

12.000,00€

BANDA Y ESCOLA DE MÚSICA DE SA POBLA

G07591365

Concert de Bandes Sonores de John Williams

3.410,00€

3.410,00

53,5

3.410,00€

ASSOCIACIÓ FESTIVALS CHOPIN DE VALLDEMOSSA

G07084254

Festival Chopin 2014

30.202,78€

29.032,78

38

12.000,00€

ASSOCIACIÓ AMICS DE LA MÚSICA CLÀSSICA ALMA CONCERTS DE DEIÀ

G07188311

Alma Concerts 13/14

36.000,00€

36.000,00

34

1.990,00€

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2014 PARA LAS ACTIVIDADES MUSICALES DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

ANEXO 2

ENTIDAD

CIF

PROYECTO

MOTIVO

BASE

AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE

P0702800D

Festes Patronals de Sant Domingo 2014-Revetla 2 d’agost

La solicitud no es de una asociación o entidad sin ánimo de lucro, es un Ayuntamiento.

Tercera

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

P0700700H

Banyalbujazz

La solicitud no es de una asociación o entidad sin ánimo de lucro, es un Ayuntamiento.

Tercera

ASSOCIACIÓ MANANGELMENT CULTURAL

G57779050

Ensemble Lumière

No queda claro que el proyecto se haga dentro de la temporalitzación que marca esta convocatoria.

Segunda