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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 14428
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de agosto de 2014 por el que se aprueba el cambio de adscripción de puestos de trabajo de personal funcionario para formar la Unidad de Apoyo Coyuntural, conforme a lo dispuesto por la disposición adicional primera del Decreto Ley 2/2013, de 14 de junio, de medidas urgentes en materia de movilidad intraadministrativa temporal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante la correspondiente modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Mediante la disposición adicional primera del Decreto Ley 2/2013, de 14 de junio, de medidas urgentes en materia de movilidad intraadministrativa temporal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se creó la Unidad de Apoyo Coyuntural como una unidad administrativa, dentro de la dirección general competente en materia de función pública, integrada por puestos base de diferentes cuerpos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con la función de dar apoyo coyuntural a otras unidades de cualquier consejería o ente del sector público con personal funcionario adscrito dependiente, cuando se justificara la necesidad de reforzar al personal existente para llevar a cabo alguna tarea concreta y urgente, sin necesidad de recurrir a las medidas de movilidad previstas por la normativa de función pública.

Conforme a lo dispuesto por la mencionada disposición adicional, las secretarías generales de las consejerías u órganos equivalentes de los entes del sector público con personal funcionario adscrito trasladarán a la dirección general competente en materia de función pública las necesidades de refuerzo de personal que se les planteen de forma cíclica, para poder realizar una adecuada planificación, sin perjuicio de que puedan realizar peticiones por circunstancias puntuales en cualquier momento, siempre con la máxima antelación.

Conforme a la mencionada disposición adicional primera, la Unidad de Apoyo Coyuntural se formará con puestos de trabajo vacantes y dotados a la que se adscribirán conforme al artículo 91 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El artículo 91 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que el Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública, por reestructuración de la Administración o por necesidades del servicio o funcionales, a los efectos de asignar de forma eficiente sus recursos humanos, puede acordar la adscripción de puestos de trabajo y del personal que provisional o definitivamente los ocupa a unidades, consejerías o entes del sector público instrumental con personificación pública diferentes a los entes a los que estaba adscrito.

Vistos los artículos 5.2 e, 91 y 31 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y una vez realizada la negociación con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Servicios Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en sesión de día 25 de julio de 2014, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Administraciones Públicas, en la sesión de día 8 de agosto 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo consistente en el cambio de adscripción de los puestos de trabajo que figuran en el anexo del presente Acuerdo, para formar y dotar de los medios personales necesarios a la Unidad de Apoyo Coyuntural creada por la disposición adicional primera del Decreto Ley 2/2013, de 14 de junio, de medidas urgentes en materia de movilidad intraadministrativa temporal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Segundo. Ordenar la publicación íntegra del presente acuerdo y de su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 8 de agosto de 2014

El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez

Documentos adjuntos