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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 14236
Disciplina DO2013/114 (19) Not. Ordenar Demolición
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a ELIZABETH LEUCADIA LIMA ADUVIRI, MONICA REINA MAGRO, ADELA CUESTA GAITAN, ANTONIA MARIA CUESTA GAITAN, LUIS ANDRES CUESTA GAITAN, SANTOS CUESTA GAITAN, MARIA PERELLÓ PONS, GABRIEL FERNANDEZ SANTIAGO, MARIA AMAYA CARMONA, JUAN MANUEL FIGUEROLA ALVAREZ, MARIA AURIA LORENZO ALVAREZ, CAMILO CAMPOS MARTINEZ, MARGARITA HOMAR ROMAGUERA, MIGUEL ANGEL HOMAR ROMAGUERA, JULIA MARIA CUESTA GAITÁN, MIGUEL CRUZ FLORES, FRANCISCA CARDEÑOSA ZAZO, ANTONIA GARCIA MARTOS (propietarios) ISABEL MORA BELTRAN (promotora), exp.núm. DO-2013/114, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a LORENZO ALVAREZ MARIA AURIA, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico, que el Consejo de la Gerencia de Urbanismo, en sesión de 9/06/14, acordó,
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición, que se sigue contra los Sres. ELIZABETH LEUCADIA LIMA ADUVIRI, MONICA REINA MAGRO, ADELA CUESTA GAITAN, ANTONIA MARIA CUESTA GAITAN, LUIS ANDRES CUESTA GAITAN, SANTOS CUESTA GAITAN, MARIA PERELLÓ PONS, GABRIEL FERNANDEZ SANTIAGO, MARIA AMAYA CARMONA, JUAN MANUEL FIGUEROLA ALVAREZ, MARIA AURIA LORENZO ALVAREZ, CAMILO CAMPOS MARTINEZ, MARGARITA HOMAR ROMAGUERA, MIGUEL ANGEL HOMAR ROMAGUERA, JULIA MARIA CUESTA GAITÁN, MIGUEL CRUZ FLORES, FRANCISCA CARDEÑOSA ZAZO, ANTONIA GARCIA MARTOS (propietarios) ISABEL MORA BELTRAN (promotora), conforme al artículo 66.2 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB.
RESULTANDO que el 24.3.2014 el arquitecto técnico emitió informe sobre las condiciones de demolición que deberán cumplirse antes de la iniciación de las obras de retirada/reconstrucción, que dice:
“Las siguientes condiciones de demolición se habrán de considerar de obligado cumplimiento antes de iniciar la retirada/demolición:
EL PLAZO DE LA EJECUCIÓN SERÁ (SEGÚN LAS PRESENTES CONDICIONES) 3 MESES”
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona en las condiciones de demolición, sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.
Visto el artículo referido y otros de general aplicación, la instructora que suscribe emite el presente informe, y eleva al Consejo de la Gerencia la siguiente propuesta:
1º ORDENAR, vistos los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90, de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB, alos Sres. ELIZABETH LEUCADIA LIMA ADUVIRI, MONICA REINA MAGRO, ADELA CUESTA GAITAN, ANTONIA MARIA CUESTA GAITAN, LUIS ANDRES CUESTA GAITAN, SANTOS CUESTA GAITAN, MARIA PERELLÓ PONS, GABRIEL FERNANDEZ SANTIAGO, MARIA AMAYA CARMONA, JUAN MANUEL FIGUEROLA ALVAREZ, MARIA AURIA LORENZO ALVAREZ, CAMILO CAMPOS MARTINEZ, MARGARITA HOMAR ROMAGUERA, MIGUEL ANGEL HOMAR ROMAGUERA, JULIA MARIA CUESTA GAITÁN, MIGUEL CRUZ FLORES, FRANCISCA CARDEÑOSA ZAZO, ANTONIA GARCIA MARTOS (propietarios) ISABEL MORA BELTRAN (promotora), que procedan a la RETIRADA/DEMOLICIÓN de las obras realizadas en el CI Vell de Llucmajor (Pol 39 Parc 33-34), RC 03900033 i 03900034, consistentes en :”
“- (N.O. subparcel·la 2): construcció d’una edificació que consta de dues plantes, planta baixa d’uns 145 m2 i planta pis d’uns 60 m2. Les obres realitzades son: estructura, tancaments, envans i part de cobertes. No se localitza llicència d’obres.
-(N.O. subparcel·la 3): construcció d’un edifici en planta baixa d’uns 135 m2 amb material d’obra i la coberta es de teula. No se localitza llicència d’obres .
-(N.O. subparcel·la 5): instal·lació d’una caseta de fusta d’uns 20 m2 i construcció d’un mur amb blocs de formigó de 2.80 m x 2.30 m. No se localitza llicència d’obres.
-(NO. subparcel·la 8): construcció d’una edificació en planta baixa amb material d’obra d’uns 140 m2. S’ha fet la cimentació i els murs de càrrega. No se localitza llicència d’obres.
-(NO. subparcel·la 10): construcció d’una edificació que consta de dues plantes, planta baixa d’uns 140 m2 i planta pis d’uns 35 m2. Les obres fetes son d’estructura, tancaments i part cobertes. No se localitza llicència d’obres.
-(N.O. subparcel·la 13): construcció d’una edificació en planta baixa d’uns 35 m2. Les obres son de cimentació i murs de càrrega amb bloc de formigó d’una alçada d’uns 2 m. No se localitza llicència d’obres.” , más las recogidas en los informes del celador municipal del 13.8.2013 : “subparcela 2, colocación de tejas en la parte de la cubierta, subparcela 13 colocación de placas onduladas en la cubierta” , para restituir la parcela en el estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística, vistos los motivos expuestos en el informe de la TAG del servicio del 9.4.2014 reproducido en el primer párrafo de este acuerdo.
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona en las condiciones de demolición, (informe técnico del 24.3.2014, reproducido en la parte expositiva de este acuerdo) sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.
2º APERCIBIR a los interesados, conforme los artículos 67 y siguientes de la Ley 10/1990 de disciplina urbanística de la CAIB, que el incumplimiento de esta orden de demolición, retirada o reconstrucción, podrá dar lugar a la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA por este Ayuntamiento, para lo cual se solicitará presupuesto a la empresa adjudicataria de la realización de obras por vía de ejecución subsidiaria del Ayuntamiento. Desde el momento en el que se solicita la presentación del presupuesto, se considerará iniciada la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA y todos los gastos que se originen por la preparación y posterior ejecución subsidiaria de las obras descritas en el apartado 1º de este acuerdo, serán a cargo del propietario obligado.
3º COMUNICAR ESTE ACUERDO AL DEPARTAMENTO FINANCIERO a efectos de la recaudación de los tributos correspondientes.
La valoración de les obras realizadas, efectuada por el técnico municipal de acuerdo con los precios del colegio oficial de arquitectos técnicos de Mallorca es de 326.183,43 €.
4º. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y al Negociado de Expedientes Sancionadores para iniciar/continuar el expediente sancionador (expte. DO 2013/114).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38,4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 116 anteriormente citado, y lo dispuesto en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 6 de Agosto de 2014
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod