Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 24003
Resolución del consejero de Economía y Competividad de 20 de diciembre de 2013 por la que se rectifican los errores observados en la Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 25 de octubre de 2013 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para fomentar el empleo de personas que pertenecen a colectivos prioritarios, cofinanciada en un 50% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo FSE de las Illes Balears 2007-2013, en el eje 2, tema 66 (BOIB núm. 149, de 30 de octubre)
Se han advertido diversos errores en la Resolución del consejero de Economía y Competitivdad de 25 de octubre de 2013 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para fomentar el empleo de personas que pertenecen a colectivos prioritarios, cofinanciada en un 50% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo FSE de las Illes Balears 2007-2013, en el eje 2, tema 66, publicada en el BOIB núm. 149, de 30 de octubre, (número de edicto 19899, páginas 53117 y 53130).
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, artiméticos y de hecho en actos y disposiciones corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Rectificar los errores de la Resolución del Consejero de Economía y Competitividad por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para fomentar el empleo de personas que pertenecen a colectivos prioritarios, cofinanciada en un 50% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo FSE de las Illes Balears 2007-2013, en el eje 2, tema 66, en los siguientes términos:
a) En el apartado tercero, partidas presupuestarias, donde dice:
“— 19201 322A01 47000.00 19112 570.000 €
— 19201 322A01 48000.00 19112 30.000 €”
Debe decir:
“— 14301 322A01 47000.00 19112 570.000 €
— 14301 322A01 48000.00 19112 30.000 €”
b) En el anexo I.IV de la Resolución de convocatoria, Programa III, apartado 3.C), cuantía, donde dice
“— Empresas entre tres y cinco trabajadores o trabajadoras que transformen almenos un contrato en indefinido: doscientos cincuenta euros (250 €).”
Debe decir:
“—Empresas entre dos y cinco trabajadores o trabajadoras que transformen almenos un contrato en indefinido: doscientos cincuenta euros (250 €).”
Palma, 20 de diciembre de 2013
El Consejero de Economía y Competitividad
Joaquín García Martínez