Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 23935
Expediente número 1718/2013 aprobación prórroga del conveni de colaboración entre el Consell insular de menorca y los ayuntamientos de la isla para la prestación del servicio insular de seguridad y salud laboral de la administración local de menorca
Expediente número: 1718/2013
Procedimiento : aprobación prórroga convenio
Emisora : RCS
Se hace público que mediante Resolución de Alcaldía de fecha 3 de diciembre de 2013 se ha resuelto:
"Considerando que el convenio de colaboración suscrito entre el Consejo Insular de Menorca y los ayuntamientos de la isla para la prestación del Servicio Insular de Seguridad y Salud Laboral de la Administración local de la isla de Menorca finaliza su vigencia en fecha 31 de diciembre de 2012 y que el pacto 14 del mismo establece que «la vigencia de este convenio comenzará el 1 de enero de 2010 y terminará el 31 de diciembre de 2012. Podrá ser prorrogado, con carácter previo a su finalización, mediante acuerdo al respecto por parte del órgano competente de cada una de las administraciones firmantes de este convenio»;
Visto que en el Comité Insular que se llevó a cabo en fecha 18 de mayo en Ciutadella de Menorca se acordó realizar petición a todas las corporaciones que integran el Servicio Insular de Seguridad y Salud Laboral de la Administración local de la isla de Menorca, entre otros aspectos, de enmiendas, aportaciones de mejora o visto bueno para la prórroga del convenio de referencia;
Visto que los delegados de prevención del Ayuntamiento de Alaior dieron el visto bueno a la prórroga del convenio, según consta en el acta de la última reunión del Comité Insular de Seguridad y Salud y visto que por parte del Ayuntamiento se dio también el visto bueno a la formalización de esta prórroga;
Visto que el objeto del convenio que se prorroga es regular la colaboración entre el Consejo Insular de Menorca y los Ayuntamientos de la Isla para la gestión del SISSL, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del RSPRL al tratarse de entidades que pertenecen a un mismo sector productivo y que desarrollan sus actividades en un área geográfica claramente limitada por el hecho insular;
Visto que el coste aproximado de la aportación del Ayuntamiento de Alaior para el ejercicio 2014 es de € 8,976.42 y visto el informe de Intervención que consta incorporado en el expediente y que dispone:
«PRIMERO. Se propone la aprobación de una prórroga de un año del convenio para la prestación del servicio insular de seguridad y salud laboral, en vigor desde el año 2010. La prórroga supone ampliar la vigencia del convenio desde el día 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre del mismo año.
SEGUNDO. El importe estimado para esta prórroga es de 8.976,42 euros, que deberá reconocerse con cargo a crédito del presupuesto 2014. En las bases de ejecución del presupuesto (base 27 ) se establece que en los casos en que se tramite el expediente de gasto en el ejercicio inmediatamente anterior en el que deba comenzar la ejecución del gasto, se sustituirá el certificado de existencia de crédito por el informe de Intervención en el que se haga constar que normalmente existe crédito adecuado y suficiente en los presupuestos, o bien que está previsto el crédito en el proyecto de presupuestos.
En este aspecto informo que existe normalmente crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del Ayuntamiento para hacer frente a este gasto en la partida 9200-2270600.
Así mismo, informo que en el presupuesto inicialmente aprobado para el ejercicio 2014 consta esta misma partida con un crédito inicial de 9.000 euros.
TERCERO. En todo caso esta prórroga quedará subordinada a la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2014.»
Examinada la documentación del expediente, es por lo que RESUELVO:
Primero. Aprobar la prórroga del Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Menorca y los Ayuntamientos de la Isla para la prestación del Servicio Insular de Seguridad y Salud Laboral de la Administración Local de Menorca ( SISSL ) hasta el día 31 de diciembre de 2014 .
Disponer con cargo a la partida 9200-2270600 del presupuesto 2014 la cantidad de 8.976,42 euros , importe estimado de esta prórroga .
Segundo. Notificar el acuerdo de aprobación de la prórroga del Convenio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a las personas interesadas.
Tercero. Proceder a la firma de la prórroga del convenio.
Cuarto. Publicar el texto íntegro de la prórroga del convenio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinto. Incorporar el convenio en el Libro de convenios del Ayuntamiento de Alaior."
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
La alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys