Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE CIUTADELLA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA
Núm. 23240
Procedimiento ordinario 126/2013
D. RAFAEL LIZÁN RUFILANCHAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CIUTADELLA DE MENORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000126/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. RAFAEL SANCHEZ DURAN contra la empresa GESVIDOAL S.L., FERROVIAL AGROMAN, SA, FERRERIES UTE FERRERIES UTE y CONCESIONES Y CONTRATAS ILLES BALEARS SL, sobre PROCEDIMIENTO ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
Autos n° 126/13 (y acumulados nº 127/13 al 136/13).
SENTENCIA Nº 182/13
En Ciutadella, a veintidós de noviembre de dos mil trece.
VISTO por mí, D. Sergio Martínez Pascual, M-Juez del Juzgado de lo Social n° 1 de Ciutadella, el presente Juicio tramitado con el nº 126/13, - y acumulados nº nº 127/13 al 136/13 -, a instancia, respectivamente, de D. Rafael Sánchez Duran, Dª Florea Maracine, D. Buenaventura Delgado Sierra, D. Héctor Carlos Vargas Ascencio, D. David Marchena Díaz, D. Antonio Losada Misas, D. Carlos Alberto Vilatuña Mariscal, D. José Antonio Carretero Cruz, D. Antonio Saavedra Aires, D. Antonio Carretero Ramírez, y D. Juan Javier Crespo Rubio, asistidos todos ellos del Ldo. Sr. Pons; contra las empresas “Gesvidoal, S.L”, “Ferrovial Agromán, S.A” y “Ferreríes-UTE”, (asistidas estas dos últimas de la Lda. Sra. Alén, integrando la UTE a las empresas “Concesiones y Contratas I.B”, “Ferrovial Agromán, S.A”), sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta a instancia de D. Rafael Sánchez Duran, Dª Florea Maracine, D. Buenaventura Delgado Sierra, D. Héctor Carlos Vargas Ascencio, D. David Marchena Díaz, D. Antonio Losada Misas, D. Carlos Alberto Vilatuña Mariscal, D. José Antonio Carretero Cruz, D. Antonio Saavedra Aires, D. Antonio Carretero Ramírez, contra las empresas “Gesvidoal, S.L” y “Ferreríes-UTE”, (integrando la UTE a las empresas “Concesiones y Contratas I.B”, “Ferrovial Agromán, S.A”), debo CONDENAR Y CONDENO solidariamente a las mencionadas empresas a abonar:
A D. Rafael Sánchez Durán, la suma de 4.647,43 €.,
A D. Florea Maracine, la suma de 4.647,43 €.,
A D. Antonio Losada Misas, la suma de 4.647,43 €.,
A D. Buenaventura Delgado Sierra, la suma de 3.034,45 €.,
A D. Héctor Carlos Vargas Ascencio, la suma de 3.034,45 €.,
A D. David Marchena Díaz, la suma de 3.034,45 €.,
A D. Antonio Saavedra Aires, la suma de 3.034,45 €.,
A D. Carlos Alberto Vilatuña Mariscal, la suma de 2.316,85 €.
A D. Antonio Carretero Ramírez, la suma de 2.316,85 €.
A D. José Antonio Carretero Cruz, la suma de 5.111,98 €.
A D. Juan Javier Crespo Rubio, la suma de 2.750,31 €.
Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la LRJS, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GESVIDOAL S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En CIUTADELLA DE MENORCA, a cuatro de Diciembre de dos mil trece.
EL SECRETARIO JUDICIAL